Page 477 - Vida y Obra de José Baquijano y Carrillo - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de José Baquíjano y Carrillo
mordacidad e insultos. En estos últimos días me aseguran que no apoyando
sus ideas el promotor Fiscal Don Carlos Vega sobre el derecho que disputaba a
una capellanía con alteración de instrumentos, lo insultó públicamente en las
gradas de la Catedral con las expresiones del mayor vejamen y desprecio. Así,
inmediatamente debe asegurarse su persona poniéndolo a disposición del Sr.
Comandante de Marina. Designo a V.E. los otros dos sujetos que insinué y so-
bre quienes debe tomarse igual providencia. El primero es Don Tadeo López
de quién me aseguran que, el día de ayer estando ocupados los Chantres del
Convento de la Merced de un inmenso Pueblo, pidió la palabra, y se expresó
en estos términos. «Desde mañana no vienen los chapetones y magnates a la
votación, así, es preciso que vengamos todos proveídos para recibirlos». He-
cho que, como notorio, dispensaría de prueba, pero del que es muy fácil tomar
noticia la más completa y extendida. Por tanto debe ser arrestado en el Cuartel
del Regimiento de la Concordia, su cuerpo, sin otra comunicación que la pre-
cisa para los auxilios necesarios.
El segundo es el Colegial Don N. Carrión, quien se ha presentado en
las elecciones atropellando el respeto del Juez que presidía la de la Catedral,
e infringiendo de un modo subversivo y arriesgado el artículo de la Consti-
tución, en el se dice que se decidan las dudas sobre las calidades del voto por
la misma junta electoral, y lo que ésta decidiere se ejecute sin recurso; y sin
embargo de estar resuelto por el Presidente y escrutadores que los colegios y
menores de edad no tenían voto según lo declarado y prevenido por bando,
tuvo la altanería de apelar al pueblo e inflamarlo para que en tumulto y voces
descompasadas gritar que sufragaran, obligando al Juez a ceder, dictándole la
prudencia este arbitrio para evitar los males que podían resultar del calor y la
irreflexión.
Libradas estas providencias deberá proceder inmediatamente a recibir
la sumaria respectiva por el señor Ministro a quien V.E. tenga a bien comi-
sionar para este efecto, comprendiéndose en ella no sólo los que se hallan
arrestados por esta urgente resolución, sino también los que se juzguen crimi-
nales según la lista que V.E. me incluye en su citado oficio a que contesto; y el
resultado de ella dará reglas seguras para los ulteriores procedimientos.
Dios guarde a V E. muchos años.
Lima y Diciembre 30 de 1812.
Excelentísimo Señor.
El Conde de Vistaflorida.
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