Page 228 - Vida y Obra de José Baquijano y Carrillo - Vol-1
P. 228

Volumen  1
                                                                    Repercuciones del «Elogio»
            orden, ofreciendo ejecutar lo mismo de cuanto se fuese adelantando en esta
            materia, e informándole a el propio tiempo de la sumisa representación del
            suplicante, y de la moderación y arreglo de vida en que permanece, y de que
            anteriormente tiene dadas no leves pruebas.
                    Una rúbrica de su excelencia.
                                  Varea.
                    Otra rúbrica.

                    FUENTE: A.G.I. Lima legajo 674. expediente 563, documento número 5, fs. 8-10.




                      Bando del virrey Croix disponiendo la censura de impresos
                                     Lima, 11 de agosto de 1786


                    Lima, 11 de agosto de 1786.
                    Siendo muy reparable el abuso con que generalmente, en esta capital,
            se procede a las impresiones de cualesquiera clase de obras sin permiso, in-
            tervención o noticia de este superior gobierno, contraviniéndose a lo que tan
            repetidamente está ordenado sobre que los impresores no hagan impresión
            alguna de obras a menos que preceda por escrito el permiso de este superior
            gobierno, se les hará saber por la escribanía mayor de él a todos los dichos
            impresores que no impriman obra ni papel alguno sin el expresado requisito,
            bajo la multa de 500 pesos por la primera vez que contravinieren, duplicados
            por la segunda y la misma por la tercera con privación absoluta de continuar
            usando del arte y perdimiento de todos sus materiales, e instrumentos, y que
            se le aplicarán las demás penas que, según las circunstancias del caso, se con-
            sideren correspondientes.
                                  El Caballero de Croix.
                                  Esteban  Varea.


                            FUENTE: A.G.I., Lima, leg. 674, expediente 563, fs. 13-13v.












                                               227
   223   224   225   226   227   228   229   230   231   232   233