Page 200 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-6
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Volumen 6
                                                                        Documentos de 1824
            cevada en lugár de las de mais que, se le asigne se le recivirán, es decir que lo
            mismo es, cargas de sevada, como cargas de mais.
                    (Al margen)
                    6°— Deviendose amazar las arinas, y [Testado: Ilegible] hacerse pán
            aviscochado cuando el Exercito se haya de aproximár, prevendrá Usted que en
            los pueblos mas inmediatos á Huariaca, se acopie leña para los amacijos —
                    (Al margen)
                    7°— Formará Usted una prorrata de ganados mayor y menor con con-
            cepto á que la Doctrina hade dár rancho á la tropa en los dos días, arreglado
            á dos toneladas de carne de baca, y un carnero para seis hombres, pero no
            procederá Usted al recojo del ganado hasta nueba orden concervandose este
            en podér de los dueños, avisados que sean de la porcion que han de dar.
                    (Al margen)
                    8°— Hará Usted entendér á la gente que desde esta fecha quedan ex-
            cemptos de ser reclutados, y sus bestias no serán tocadas por nadie, para que
            con toda seguridad se restituyan á sus casas y se contraigan á prestar este impor-
            tante servicio, del que nó está excepcionado ningun individuo de esas Milisias.
                    Todos los artículos de esta instrucción deben tenér exacto cumpli-
            miento en toda esta semana, de lo que me dará Usted puntual aviso = Dios
            guarde á Usted.
                    (Al margen)
                    Adicion.
                    En la Hazienda de Matanchaca pondrá Usted leña, como para qui-
            nientos hombres, y cien arrobas de papas.
                    La construccion de Cordellates que se le há mandado, no se debe sus-
            pendér un momento, pues no perjudica el cumplimiento de lo que se le tiene
            mandado.
                    (Al margen)
                    Al Capitan Don Joaquín Ortega y Don Tomas Munguia.
                    Artículo 1°— Que pongan en la Quinua tres cientos sinquenta cargas
            de leña buena designando para que hagan el acopio los pueblos de Ticlacayan,
            Pucurhuay, Cajamarquilla Yanacachi y todas las haciendas.
                    (Al margen)
                    2°— Que haga recojer toda la paja del alcaser que se siembra.







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