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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
víveres, dice no sabe más que en general y del Cura de Asillo oyó hablar y
responde.
Preguntósele, si sabe quien le escribía o si él remitía cartas, dice no
sabe, sólo en una ocasión con motivo de haberle enviado su madre desde esta
ciudad una chola con encargo de que se huyese y pasase al Cuzco; entonces
la mujer del confesante se fue a Tungasuca a preguntarle al rebelde, con que
orden les había entregado la hacienda, y el rebelde envió a llamar al confesante
y a la chola, que había venido del Cuzco, y se informó de ella si estaban presas
la madre y hermanas del confesante y contestando que sí, le preguntó el con-
fesante por qué no manifestaba la orden que tenía, a lo que le respondió él lo
remediaría todo y escribió una carta en lienzo para los Ugartes, la que cosió
en la pollera de la chola y les dió licencia para que se fuesen; llegando a la
hacienda vió la carta que decía haber escrito otras veces, la que conocerá si se
le presenta y manifestaba que fue la que está a fojas 122 de los autos seguidos
contra José Gabriel Tupa Amaro dijo ser la misma; y aunque pensó enviarla
al Cuzco, pero que como los caminos estaban cerrados no pudo y dió parte al
Cura Doctor Oblitas y ahora se entregó al Señor Inspector y uno que no cono-
ce ni sabe quien es, le dijo al tiempo de hablar de la carta, que si fuera Juez le
había de ahorcar el primero y responde.
Hiciéronsele otras preguntas y repreguntas, dijo no saber otra cosa y
que es la verdad so cargo del juramento que tiene fecho en que se afirmó y
ratificó, siéndole leída y la firmó con Su Señoría de que doy fe.
Una rúbrica
José de Unda
(rubricado)
Manuel Espinavete López
(rubricado)
[Pablo de Figueroa es nombrado Solicitador Fiscal. Mayo 26, 1781].
Cuzco, 26 de mayo de 1781.
Al Doctor Don Pablo de Figueroa, Abogado de la Real Audiencia de
Lima, a quien se nombra por Solicitador Fiscal, para que aceptando y jurando
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