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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
la ilación que se forma es de ninguna manera verdadera, pues por estar una
comunidad, y confusamente tumultuada, no se infiere con acierto que precisa
y determinadamente sea cómplice éste o aquel individuo.
Pasando a lo que resulta de la sumaria y confesión /. 6v de ellos tampoco hay
fundamento bastante para asegurar que dichos reos estuvieron en las tropas
rebeldes voluntaria y libremente, antes sí es de presumir, estuvieron forzados,
detenidos con algún engaño, de los muchos que han inventado los infames
y perversos capitanes del insurgente, los que encontrando disposición en la
rudeza y brutalidad de los indios, los han persuadido a creer que ya les era
imposible el perdón y que si se separaban a las tropas de Su Majestad infali-
blemente perdían la vida. Por otra parte, veían estos miserables que cuando
aquellos tiranos pillaban a algunos fugitivos los mataban sin remedio. Y estas
circunstancias todas juntas (que por notoriedad son sabidas) los obligaban a
continuar en aquellas infames tropas. Y estas mismas favorecen a estos reos.
Por tanto.
A Vuestra Señoría pide y suplica, así lo provea y mande en justicia y para ello,
etc.
Isunza ( rubricado)
Cuzco y junio 28 de 1781.
Recíbase esta causa a prueba con término de seis días comunes, con todos
cargos de citación y conclusión, día para oir sentencia.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
( rubricado)
[El Fiscal reproduce los términos de su acusación y pide la ratificación de los
testigos].
En la ciudad del Cuzco en veinte y ocho días del mes de junio de mil setecien-
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