Page 880 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
rebelión sucitada por José Gabriel Tupa Amaro, respondiendo al traslado que
se le comunica por el Decreto de fojas 9 dice: Que en méritos de justicia se ha
de servir Vuestra Señoría absolverla y dar por libre de la pena ordinaria de
muerte que contra ella solicita el Fiscal, por ser conforme a lo que resulta del
proceso general, derecho favorable y siguiente.
Y a se ha dicho antes que los delitos atribuídos a Cecilia no son de he-
cho, sino de puro deseo, cuyo pensamiento se halla hoy justificado con la in-
formación producida en el término de prueba. Por la cual se hace constar que
la suma pobresa y ningunas facultades de Cecilia, convencen evidentemente
que la adhesión que aparentaba tener con Micaela Bastidas, nunca pudo pa-
sar a la oferta de ayudarle en sus inícuas empresas, pues no es posible que lo
intentase una mujer, que ni por la debilidad de su sexo, ni por su mísera cons-
titución era capaz de verificar sus promesas.
El defensor bien sabe que de la sumaria no consta que Cecilia hubiese
ayudado o intentase ayudar a los traidores, pero como de otro modo no pue-
de estar sujeta a los preceptos de la Ley 1°, Título 2°, Partida 7° citada por el
Fiscal a fojas 7, que considerándola haber dado auxilio para el fomento de la
sedición, por eso le ha parecido conveniente demostrar que los testigos no se
contraen a este punto, si Cecilia pudo jamás consentir en él.
Para que pueda acomodarse la Ley citada por el Fiscal a Cecilia Esca-
lera, es necesario que no solamente se le considere dando ayuda a los rebeldes,
sino también influyéndolos y aconsejándolos. Hasta aquí queda probado, que
ella ni pudo /. 15v auxiliarles, y de la información de fojas, se colige que tam-
poco pudo influirles, o aconsejarles porque como podremos persuadir que
era capaz de influir, o aconsejar en unos asuntos tan graves, como los de las
pasadas inquietudes, quienes por su ignorancia, rudeza de entendimiento, y
ninguna instrucción, tal vez carece de aquel común dicernimiento que necesi-
ta cada individuo para conducirse en sus propios negocios. Es Cecilia Escalera
de una extracción muy ordinaria y de unas luces muy limitadas para influir, y
dar consejo a Micaela Bastidas, tan superior a ella, en la viva penetración de
espíritu y natural de espejo de ánimo como lo declaran los testigos de la in-
formación a la 3° y 4° pregunta, y así todos sus delitos vienen a quedar en los
puros términos de aquel decir que los testigos de la sumaria pretenden mani-
festar por el semblante de Cecilia o por cuatro proporciones mal articuladas
que le oyeron.
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