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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            prueba, está mandada recibir a Cecilia Escalera, Alias Tupa Amaro, y en vir-
            tud de la comisión a mí conferida por el decreto de fojas, le recibí juramento
            a Diego Ortigoza, español, preso en ella, que lo hizo conforme a derecho por
            Dios Nuestro Señor y a una señal de Cruz y so cargo de él ofreció decir verdad
            en lo que supiere y le fuere preguntado y siéndole al tenor del interrogatorio
            de fojas.
                    1° A la primera pregunta, dijo que conoce a Cecilia Tupa Amaro, tiene
            noticia del seguimiento de esta causa, que es por la complicidad en la rebelión
            de José Tupa Amaro y que no le toca las generales de la ley, y responde.
                    2° A la segunda, dijo que es cierto que la dicha Cecilia estaba cargada
            de familia, a la que mantenía sólo a esfuerzos de su trabajo y responde.
                    3° A la tercera, dijo que es cierto, y que le consta que Cecilia Tupa
            Amaro, es de entendimiento muy rudo, a quien a la verdad le comprende lo
            que en esta pregunta se asevera, y responde.
                    4° A la cuarta, dijo que es notorio que la mujer del rebelde José Tupa
            Amaro era bastantemente instruída, y de una razón ventajosa, a la de Cecilia,
            y responde.
                    5° A la quinta, dijo que oyó decir el declarante por notoriedad, que
            Cecilia Tupa Amaro es hija /. 12v de Marcos Tupa Amaro, a quien en dicha
            Cecilia lo trataba por tal, y aquél a ésta y responde.
                    6° A la sexta pregunta dijo que le consta al declarante el resentimiento,
            o enemistad que se indica en esta pregunta tenía Cecilia Tupa Amaro con José
            Tupa Amaro, su mujer y familia y responde.
                    Y que esta es la verdad y lo que puede decir bajo del juramento que
            fecho tiene, en que se afirmó y ratificó vuéltole a leer esta su declaración, y dijo
            ser de cincuenta y dos años y lo firmó de que doy fe.


            Diego Ortigoza
            (rubricado)
                                         Ante mi


                                                    José Agustín Chacón y Becerra
                                          Escribano Notario Público de Su Majestad
                                                        (rubricado)







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