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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            o consejo, debemos averiguar si merezca la misma pena que se impondría, si
            en realidad los hubiera ejecutado. Los A. A. en punto a reos de lesa Majestad
            están divididos en dos opiniones: unos llevan la parte afirmativa y otros la
            negativa. Es constante que en casos de semejante duda está por los reos la
            opinión más favorable. Esto que es común a todo delincuente se hace más re-
            comendable si se atiende a la fragilidad del sexo femenino y al natural prurito
            de hablar sin reflexión que en mujeres estolidas y campesinas,
            prevalece de ordinario. Por lo cual parece, que Cecilia merece toda la atención
            y caridad de Vuestra Señoría a cuyo fin.
                    A Vuestra Señoría pide y suplica el defensor, se sírva absolverla y darla
            por libre en la forma que fuere más de justicia, etc.


                                                Doctor Juan Munive y Mozo
                                                        (rubricado)


            [Por cuatro días se recibe la causa a prueba].

                    Cuzco, 16 de junio de 1781.
                    Recíbese esta causa a prueba con término de cuatro dias comunes a las
            partes, y todos cargos de conclusión y citación.


            Una rúbrica
                                                              Manuel Espinavete López
                                                                  (rubricado)


                    Inmediatamente se hizo saber el anterior auto al solicitador fiscal de
            esta causa y defensor de Cecilia Tupa Amaro, de que certifico.


                                                               Espinavete (rubricado)


                    [El. Fiscal reproduce su acusación y solicita ratificación de los testi-
            gos].

                    El ahogado que hace de solicitador fiscal en los autos reproduce lo que
            ha expuesto en la acusación de fojas y pide se sírva Vuestra Señoría mandar se
            ratifiquen los testigos de la sumaria dentro del término de prueba a que está



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