Page 490 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
citador fiscal para que, aceptando y jurando, pida lo que a la vindicta pública
convenga.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
En la ciudad del Cuzco, en quince días del mes de Junio de mil sete-
cientos y ochenta y un años, yo el escribano leí e hice saber el decreto antece-
dente al doctor don Rudesindo Tomás de Vera, abogado de las reales audien-
cias de Lima y Charcas, en su persona, estando en su casa; e impuesto en su
contexto, dijo que acepta el cargo de fiscal acusador y juró a Dios y a una señal
de cruz de usar bien y fielmente. Si así lo hiciere Dios le ayude, y al contrerio,
le demande, y dijo: si juro y amén, y la firma; de que doy fe.
Don Rudesindo Tomás de Vera
(firmado)
Tomás de Gamarra
(firmado)
Escribano público
[El Fiscal no encuentra mérito para acusar. Junio 19, 1781].
El abogado que hace de fiscal en la causa criminal que se sigue contra
Felipe Mendizábal por presumirse aliado de Tupa Amaro, y demás que consta
de autos, dice: que registrado el proceso no se le encuentra mérito alguno para
que se gradúe de cooperante del rebelde, ni que tenga culpa alguna si no es
la de ebrio; que siendo asunto separado del que se trata, sólo por incidente y
cohibirlo de este vicio que es ofensivo a Dios, se le podrá hacer una corrección
seria para que no proceda en él, pues por lo demás no pueden estar más claros
los testigos que la indemnizan del delito de traidor a causa de su inhabilidad,
sobre que vuestra señoría determinará como pide o como fuese de su superior
arbitrio. Cuzco y Junio 19 de 1781.
Doctor Vera
(media firma y rúbrica)
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