Page 444 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
[Antonio Felipe Tapia es nombrado Fiscal. Junio 9, 1781].
Cuzco 9 de Junio de 1781.
A don Antonio Felipe Tapia a quien se nombra por solicitador fiscal
en esta causa para que aceptando y jurando pida en vista de ella lo que a la
vindicta pública convenga.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
En la ciudad del Cuzco en once de Junio de mil setecientos ochenta y
un años. Yo el escribano hice saber el auto que antecede al doctor don Anto-
nio de Tapia abogado de la real audiencia de Lima, quien en su conformidad
aceptó y juró el cargo del nombramiento que se le hace en la forma dispuesta
por derecho, y lo firmó, de que doy fe.
Antonio Felipe de Tapia
(firmado)
José de Palacios
(firmado)
Escribano real y público
[Acusación del Fiscal contra el encausado Ortigoza]
El abogado que hace de solicitador fiscal en los autos fulminados con-
tra Diego Ortigoza, por complicidad en la rebelión con José Gabriel Tupa
Amaro, y lo demás deducido dice: que justicia mediante se ha de servir vues-
tra señoría condenarlo al último suplicio de la horca, lo cual es conforme a la
ley 2 título 2 partida 7 mérito que resulta de los autos, y siguiente:
Diego Ortigoza confina haber sido comensal de Tupamaro, maestro
de sus hijos, que vino. a la expedición de Piccho, que disparó un escopetazo;
y aunque niega haber sido su asesor, y haberle prestado ideas a sus intentos le
convencen los testigos de la sumaria en todo esto. Según la ley 1 título 2 parti-
da 7, nada más se necesita para aplicarle la pena ordinaria. Por tanto:
A vuestra señoría pile y suplica se sirva proveer y mandar como tiene deduci-
do por ser de justicia que pide, etc.
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