Page 403 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            gobierno de estos reinos. Así lo proveo y mando por ésta mi sentencia, defini-
            tivamente juzgando.
            José Antonio de Areche
            (firmado)


            [Certificación de la sentencia expedida. Julio 14, 1781].

                    Dió y pronunció la anterior sentencia el muy ilustre señor don José
            Antonio de Areche, caballero de la real distinguida orden española de Carlos
            Tercero, del consejo de Su Majestad en el real y supremo de Indias, visitador
            general de los tribunales de justicia y real hacienda de este reino, el de Chile y
            provincias del Río de la Plata, superintendente de ella, intendente de ejército,
            subdelegado de la real renta de tabaco, y comisionado con todas las facultades
            del excelentísimo señor virrey de este reino para entender en los asuntos de la
            rebelión intentada y ejecutada por el vil traidor José Gabriel Túpac Amaro. En
            lo ciudad del Cuzco a catorce de Julio de mil setecientos ochenta y uno, siendo
            testigos don Fernando Saavedra contador de visita, don Juan de Oyarzábal y
            don José Sáenz, de que certifico.
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (firmado)


            [Diligencias finales de la causa].

                    En el Cuzco, a diez y seis del citado mes y año, hice saber la anterior
            sentencia y pronunciamiento a Felipe Cárcamo en su persona, de que certifi-
            co.
                                            Espinavete
                                      (media firma y rúbrica)


                    En la ciudad del Cuzco, en diez y seis de Julio y año de mil setecientos
            ochenta y uno, yo el escribano leí y notifiqué la sentencia de la foja antecedente al
            doctor don Rudecindo Tomás de Vera como a abogado acusador fiscal nombrado
            en esta causa, en su persona, estando en la casa de su morada, y de ello doy fé.
                                         Miguel de Acuña
                                            (firmado)
                                Escribano de Su Majestad y público



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