Page 883 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
                    Incontinenti se hizo saber el anterior auto a Rafael Guerra, quien dijo
            no conocía abogado que le defendiese, esto respondió de que certifico.


            Espinavete (rubricado)


            [Pedro Núñez es designado Defensor de Rafael Guerra. Junio 21, 1781].

                    Cuzco, 21 de junio de 1781.


                    A don Pedro Núñez a quien se nombra por defensor de Rafael Guerra,
            aceptando y jurando.


            Una rúbrica.
            Manuel Espinavete López
            (rubricado)

                    En la ciudad del Cuzco en veintidos de junio de mil setecientos ochen-
            tiuno años, el licenciado don Pedro Núñez, abogado de las Reales Audiencias
            de este reino, aceptó y juró el nombramiento que antecede y lo firmó de que
            doy fé.


            Núñez (rubricado
            José de Palacios
            Escribano Real y Público
            (rubricado)


            / . 5v
            [El Defensor Núñez solicita que se absuelva al encausado Guerra. Junio 23,
            1781].


                    El abogado defensor dice: Que contraído el proceso a lo que resulta
            de las declaraciones que se tomaron contra Rafael Guerra y su confesión para
            expurgar el delito de traidor por cómplice del rebelde Tupa Amaro, no le re-
            sulta y por consiguiente ni mérito para su castigo. Pues aunque de ellas consta
            haber acompañado al insurgente a varias expediciones, también aparece lo
            ejecutó sin armas haciéndose por esto verosímil que no fue en calidad de au-



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