Page 883 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Incontinenti se hizo saber el anterior auto a Rafael Guerra, quien dijo
no conocía abogado que le defendiese, esto respondió de que certifico.
Espinavete (rubricado)
[Pedro Núñez es designado Defensor de Rafael Guerra. Junio 21, 1781].
Cuzco, 21 de junio de 1781.
A don Pedro Núñez a quien se nombra por defensor de Rafael Guerra,
aceptando y jurando.
Una rúbrica.
Manuel Espinavete López
(rubricado)
En la ciudad del Cuzco en veintidos de junio de mil setecientos ochen-
tiuno años, el licenciado don Pedro Núñez, abogado de las Reales Audiencias
de este reino, aceptó y juró el nombramiento que antecede y lo firmó de que
doy fé.
Núñez (rubricado
José de Palacios
Escribano Real y Público
(rubricado)
/ . 5v
[El Defensor Núñez solicita que se absuelva al encausado Guerra. Junio 23,
1781].
El abogado defensor dice: Que contraído el proceso a lo que resulta
de las declaraciones que se tomaron contra Rafael Guerra y su confesión para
expurgar el delito de traidor por cómplice del rebelde Tupa Amaro, no le re-
sulta y por consiguiente ni mérito para su castigo. Pues aunque de ellas consta
haber acompañado al insurgente a varias expediciones, también aparece lo
ejecutó sin armas haciéndose por esto verosímil que no fue en calidad de au-
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