Page 882 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
P. 882
Volumen 6
Causas criminales seguidas contra los rebeldes
En la ciudad del Cuzco en veinte de junio de mil setecientos ochen-
tiuno, yo el escribano hice saber el auto de la vuelta al doctor don Pablo de
Figueroa, quien aceptó y juró en forma de derecho el cargo y lo firmó, de que
doy fé.
Figueroa (rubricado José de Palacios
Escribano Real y Público
(rubricado)
[Acusación que contra el encausado hace el Solicitador Fiscal. Junio 21, 1781].
El Solicitador Fiscal dice: Que al contenido en esta causa Rafael Gue-
rra se ha de servir mandar se le imponga la pena de destierro por el tiempo
y al lugar que fuere servido. Pues consta tanto por la sumaria cuanto por su
confesión haber servido al rebelde Tupa Amaro en todas las expediciones a
que se condujo de soldado de sus tropas, aunque afirman de positivo los depo-
nentes de la sumaria lo vieron sin armas, por lo que se infiere probablemente
que el traidor Tupa Amaro lo tendría ocupado en cuidar unicamente de los
pertrechos de guerra y en otros ministerios de su servicio, pues ninguno ex-
presa haberle notado hecho que persuada haber concurrido en las batallas
que acontecieron en difirentes lugares. Pero con todo le parece al Fiscal debe
imponérsele la pena de destierro que lleva pedida, no tanto para que le sirva
de castigo, cuanto para ejemplo del público. En estos términos determinará
vuestra señoría lo que arbitrase ser más de justicia. Cuzco y junio 21 de 1781.
Figueroa (rubricado)
Cuzco, 21 de junio de 1781.
Traslado a Rafael Guerra, quien en el acto de la no- / . 5tificación nom-
brará abogado que le defienda con apercibimiento.
Una rúbrica
Manuel Espinavete López
(rubricado)
881