Page 840 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Volumen 6
Causas criminales seguidas contra los rebeldes
testigos don Fernando Saavedra, contador de visita, don Juan de Oyarzábal y
don José Sanz. de que certifico.
Manuel Espinavete López
(rubricado)
Incontinenti yo el escribano hice saber la sentencia y pronunciamien-
to anterior a Pascual Mansilla en su persona por medio de intérprete, de que
certifico. Entre renglones: por medio de intérprete; valga.
Espinavete (rubricado)
[Diligencias finales del proceso contra Mansilla].
En el / . 8 Cuzco en dieciocho de julio de setecientos ochentiun años,
yo el escribano notifiqué la sentencia pronunciada en esta causa al doctor don
Matías Ysunza, abogado defensor del reo Pascual Mansilla, de que doy fe.
José Agustín Chacón y Becerra
Escribano Notario Público de su Majestad
(rubricado)
Incontinenti en dicho día, mes y año, yo el escribano hice saber la sen-
tencia pronunciada en esta causa al abogado Solicitador Fiscal, de que doy fe.
Chacón (rubricado)
Lima, y octubre 14 de 1781.
Pásense estos autos originales con el correspondiente oficio al excelen-
tísimo señor Virrey de este reino, sacándose antes testimonio íntegro de ellos
que quedará en esta Comisión de Visita.
Areche (rubricado)
En 26 de noviembre de 1781 se sacó el testimonio que previene el an-
terior decreto de que certifico.
Espinavete (rubricado)
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