Page 839 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            Manuel Espinavete López
            (rubricado)
            / . 6v en blanco.


            [M ansilla es condenado a seis años de destierro en las islas de Juan Fernán-
            dez. Julio 18, 1781].

                    En la causa criminal que de oficio de la real justicia se ha seguido con-
            tra Pascual Mansilla por complicidad en la rebelión intentada y ejecutada por
            el vil traidor José Gabriel Tupa Amaro, sirviéndole de soldado en sus expedi-
            ciones llevando honda. Observados los términos de derecho en la que ha he-
            cho de acusador fiscal el doctor don Gregorio Murillo y de defensor el doctor
            don Matías Ysunza, ambos abogados de la Real Audiencia de Lima, vistos los
            autos y lo que de ellos resulta.
                    Fallo atento a su mérito que debo de condenar y condeno a Pascual
            Mansilla en seis años de destierra a las Islas de Juan Fernández, para que sirva
            en ellas a ración y sin sueldo en las obras públicas, depositándosele interín
            hay buque que lo conduzca a su destino en el presidio del Callao con el mismo
            ejercicio sin descuento. Remítase testimonio de esta determinación al señor
            Gobernador para que avise / . 7v de su recibo y cumplimiento al Superior Go-
            bierno de este reino. Y por esta mi sentencia definitivamente juzgando así lo
            pronuncio, mando y firmo.

            José Antonio de Areche
            (rubricado)


            [Certificación de la sentencia expedida por el Visitador Areche. Julio 18, 1781].
                    Dio y pronunció la anterior sentencia el muy ilustre señor don José
            Antonio de Areche, caballero de la real distinguida orden de Carlos tercero,
            del Consejo de su Majestad en el Real y Supremo de Indias, Visitador General
            de los tribunales de justicia y Real Hacienda de este reino, el de Chile y pro-
            vincias del Río de la Plata, Superintendente de ella, Intendente de Ejército,
            Subdelegado de la Renta de Tabacos y Comisionado con todas facultades del
            excelentísimo señor Virrey de este reino para entender en los asuntos de re-
            belión intentada y ejecutada por el vil traidor José Gabriel Tupa Amaro. En la
            ciudad del Cuzco a dieciocho de julio de mil setecientos ochentiuno, siendo



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