Page 614 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Volumen 6
                                                         Causas criminales seguidas contra los rebeldes

            Murillo
            (media firma y rúbrica)
            Diego Verdejo
            (firmado)

                    Cuzco, 7 de Mayo de 1781.
                    Recíbese esta causa a prueba con término de seis días comunes a las
            partes y todos cargos de conclusión y citación.
            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
            Manuel Espinavete López
            (firmado)


                    Incontinenti hice saber el auto que precede al solicitador fiscal de esta
            causa, de que certifico.
            Espinavete
            (media firma y rúbrica)


                    Sin dilación hice saber el anterior auto al abogado defensor de Diego
            Verdejo, de que certifico.
            Espinavete
            (media firma y rúbrica)

                    [El Fiscal pide que se ratifiquen los testigos de la sumaria. Mayo 7,
            1781].
                    El solicitador fiscal, en cumplimiento de lo mandado en el decreto de
            la vuelta con fecha del día, dice que en convencimiento de la prueba que debe
            dar para imposición de la pena que tiene pedida contra el contenido en este
            proceso, suplica a la justificación de vuestra señoría se sirva mandar se rati-
            fiquen los testigos de la sumaria en la forma dispuesta por derecho, aunque
            contempla ser futil esta diligencia, a vista de su confesión clara y expresa, en
            la que se conforma en lo sustancial con, los dichos de los testigos. En esta
            inteligencia, se servirá vuestra señoría condenarlo en la pena que solicita el
            fiscal, que es lo que le corresponde en término de justicia, o lo que fuere de su
            superior agrado. Cuzco y Mayo 7 de 781.
            Figueroa



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