Page 614 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
P. 614
Volumen 6
Causas criminales seguidas contra los rebeldes
Murillo
(media firma y rúbrica)
Diego Verdejo
(firmado)
Cuzco, 7 de Mayo de 1781.
Recíbese esta causa a prueba con término de seis días comunes a las
partes y todos cargos de conclusión y citación.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
Incontinenti hice saber el auto que precede al solicitador fiscal de esta
causa, de que certifico.
Espinavete
(media firma y rúbrica)
Sin dilación hice saber el anterior auto al abogado defensor de Diego
Verdejo, de que certifico.
Espinavete
(media firma y rúbrica)
[El Fiscal pide que se ratifiquen los testigos de la sumaria. Mayo 7,
1781].
El solicitador fiscal, en cumplimiento de lo mandado en el decreto de
la vuelta con fecha del día, dice que en convencimiento de la prueba que debe
dar para imposición de la pena que tiene pedida contra el contenido en este
proceso, suplica a la justificación de vuestra señoría se sirva mandar se rati-
fiquen los testigos de la sumaria en la forma dispuesta por derecho, aunque
contempla ser futil esta diligencia, a vista de su confesión clara y expresa, en
la que se conforma en lo sustancial con, los dichos de los testigos. En esta
inteligencia, se servirá vuestra señoría condenarlo en la pena que solicita el
fiscal, que es lo que le corresponde en término de justicia, o lo que fuere de su
superior agrado. Cuzco y Mayo 7 de 781.
Figueroa
613