Page 611 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
[Acusación que contra Diego Verdejo hace el Fiscal. Mayo 3, 1781]
El abogado solicitador fiscal nombrado en la causa que se sigue sobre
la rebelión ejecutada por José Gabriel Tupa Amaro y la presente se ha fulmina-
do contra Diego Verdejo, amanuence que fue de dicho rebelde, y últimamente
uno de los que con empeño se dedicó a fomentar la sédición, y con efecto
fue comandando las tropas enemigas varias expediciones y diferentes lugares,
robando las casas a los vecinos de los pueblos por donde transitaba, dice que
los méritos de este individuo lo hacen digno de que se le imponga la pena del
último suplicio, conforme a lo dispuesto por la ley 2, título 2, 7º partida, y a
las demás que prescriben las leyes que tiene expresadas en los expedientes an-
tecedentes a éste, y que tratan sobre la materia, como a uno de los principales
actores del execrable delito de alzamiento y traición contra nuestro soberano
y la pattria.
Sin que pueda disminuir en manera alguna la pena que le es condig-
na, el que diga fue forzado para las operaciones que ejecutó, porque además
de que consta haber estado en compañía del rebelde más tiempo de un año
sirviéndole de amanuence, no consta ni puede probar la coacción y fuerza
que le hizo, y en esta virtud debe suponerse afectada la excepción que opone
de fuerza, y consiguientemente debe sujetársele a la pena que tiene pedida el
fiscal en términos de pura justicia. Cuzco y Mayo 3 de 781.
Figueroa
(media firma y rúbrcia)
Cuzco, 4 de Mayo de 1781.
Traslado a Diego Verdejo, quien en el acto de la notificación nombrará
abogado que le defienda con apercibimiento.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
Incontinenti, yo el escribano hice saber el anterior auto a Diego Ver-
dejo, quien dijo no tenía ni conocía letrado que le pudiese defender en esta
causa; que pedía a su señoría se le nombrase de oficio, de que certifico.
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