Page 524 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Volumen 6
                                                         Causas criminales seguidas contra los rebeldes


                    En el Cuzco, a diez y seis del mismo mes y año, yo el escribano hice
            saber la anterior sentencia y su pronunciamiento al solicitador fiscal en su
            persona, de que certifico.
            Espinavete
            (media firma y rúbrica)

                    Incontinenti, yo el escribano hice saber la sentencia y pronunciamien-
            to precedentes a Francisco Torres y su defesor en sus personas, de que certifi-
            co. Entre renglones: y su defensor.
            Espinavete
            (media firma y rúbrica)


                    [Certificación de la ejecución de la sentencia, Julio 18, 1781]


                    Yo, Juan Baustisa Gamarra, escribano de Su Majestad público y del
            ilustre cabildo de esta ciudad del Cuzco, certifico, doy fé y verdadero testimo-
            nio a los señores que el presente vieren, cómo hoy día miércoles que se cuenta
            diez y ocho de Julio y año corriente de mil setecientos ochenta y uno, se eje-
            cutó lo mandado en la sentencia antecedente con Francisco Torres, sacando
            a la plaza principal y pública de esta ciudad arrastrándolo hasta el lugar del
            suplicio una mula, adonde presenció la ejecución de la sentencia por varias
            personas, y habiéndose concluído por los verdugos lo mandado en ella, en
            este estado uno de los citados verdugos le cortó la cabeza para que se lleve
            al pueblo de Papres, donde será puesto en una picota en el sitio más público,
            como más largamente consta de dicha sentencia. Y para que de ello conste de
            mandato judicial doy el presente en dicho día, mes y año.
                    En testimonio de verdad.
            Juan Bautista Gamarra
            (firmado)
            Escribano de Su Majestad público y cabildo

                    (Al margen: De oficio).


                    Lima, 12 de Octubre de 1781.





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