Page 503 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
                    Agregúese a sus respectivos autos.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
            Manuel Espinavete López
            (firmado)

                    [Se autoriza a Juan Ascencio de Salas para que realice diligencias. Ju-
            nio 16, 1781].
                    Dase comisión, la necesaria en derecho, a don Juan Ascencio de Salas
            para que pase al pueblo de Acos y averigue con la mayor exactitud la vida, he-
            chos y costumbres de Francisco Torres, preso por cómplice en la rebelión del
            traidor José Gabriel Tupa Amaro en el cuartel de la ciudad del Cuzco, lo que
            ejecutará sin la menor omisión, y hechas las diligencias como corresponde, to-
            mará la sumaria información buscando testigos que lo conozcan para con ella
            dar cuenta al señor oídor doctor don Benito de la Mata Linares. Así lo proveí,
            mando y firmo ya el dicho justicia mayor, actuando ante mí con testigos de mi
            asistencia a falta de escribano. En este pueblo de Urcos, en diez y seis días del
            mes de Junio de mil setecientos ochenta y un años.

            Pedro de la Concha
            (firmado)
            Nicolás de Meza
            (firmado)
            Gabriel Alvarez
            (firmado)

                    [Juan Ascencio de Salas acepta el cargo. Junio 18, 1781].
                    En el pueblo de Acomayo, a diez y ocho días del mes de Junio de mil
            setecientos ochenta y un años, yo, Juan Ascencio de Salas, atento a la comisión
            a mí conferida por el señor don Pedro Martínez de Concha, justicia mayor de
            esta provincia de Quispicanchi, para recibir la información de testigos que se
            manda sobre el proceder y hechos de Francisco Torres, debo aceptar y la acep-
            to, jurando como juro a Dios y a una señal de cruz de usar fiel y legalmente
            las diligencias que por ante mi se practicaren a efecto de dicha información. Y
            para que conste lo firmé con los testigos que se hallaron presentes.




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