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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
le dio la obediencia formando la proceson acostumbrada todo pasificamente a
vista siencia y pasiencia del mismo Provisor.— Era consiguiente a estos actos,
que esta eleccion canonica, y confirmada por el ordinario, como presidente de
ella se asentase en el Libro del Convento destinado a este fin; pero el Provisor
dando buena maña a sus particulares ideas mando a su Notario suspender la
partida en dicho Libro bajo el pretesto que podia resultar algo contra la electa,
mi parte para dar en este caso las providencias correspondientes segun consta
todo del documento que en devida forma precento, dado por su orden por el
Notario maior de aquella Curia Eclesiastica. Esta suspencion dio lugar a que
las siete monjas, que no sufragaron al tercero dia reclamasen contra la elec-
cion pretendiendo su nulidad, y por ella intenta el Provisor despojar a mi par-
te de la posecion del empleo, que el mesmo le dio y confirmo siendo el primer
movil de los disturbios, que indispensablemente hay en las Comunidades de
tales casos, las dies y siete monjas, que sufragaron a su favor oficiosamente le
hisieron sus representasiones, pidiendo traslado de la pretencion de aquellas
siete que quieren anular la eleccion en cuia vista el dicho Provisor se a negado
a dar providencia como consta del testimonio de escrito, que igualmente pre-
sento y por cuia omision queda el Monasterio expuesto a bullicios, escanda-
los, riñas, odios y malas voluntades; efectos nesesarios de todo litigio turbada
la paz y tranquilidad del Monasterio, menospreciada la Prelada y abandona-
da su obligasion y regla monastica; cuios incombenientes deven precaverse
oportunamente sin dejar que tome mayor incremento a que ha dado causa
el mismo provisor.— Hasta el tiempo de salir de aquella ciudad el proprio,
que hiso mi parte para interponer el precente recurso, desde luego no havia
librado el Provisor providencia expoliativa pero por los antesedentes funda-
mentos en sus mesmas operasiones haver mandado a su Notario suspender
la partida de eleccion en el libro de ellas pretestando, que podia resultar algo
contra la electa, en pronunciar esto en publico, como animando y dando mar-
gen a las descontentas con la eleccion, y en haver admitido la representacion
de nulidad intempestivamente al cabo de tres dias de selebrada aquella y to-
mada pocesion de la prelasia en su presente y sin contradiccion alguna revela
justamente ser despojada del empleo, y que acaso ya lo este en este intervalo
a cuio fin se dirije aquellos preparativos sin conosimientos de causa, y sin oir
a mi parte sus defensas pues para pribar de alguno de algun ofisio o beneficio
a que esta canónicamente electo se requiere formal conosimiento de causa y
siendo asi que para implorar la protecsion de Vuestra Altesa vasta solo el temor
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