Page 534 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
La defensa del obispo Moscoso: Cargo 14º
mismo tiempo y con la mas reverente sumision suplico a vuesa señoria ylus-
trissima rendidamente se digne expedir sus cartas circulares a todos los curas
parrocos de su diocesi, no hagan oposicion directa, ni indirectamente sobre
los asuntos de Real Hacienda pues no siendo asi seria contrabenir a las reales
ordenes encargadas novissimamente por Su Magestad a los inmediatos dele-
gados y de estos a sus subalternos para que en esta forma corran las disposi-
ciones con la perfecta tranquilidad, que espera el Rey de la fidelidad de sus
amados vasallos y vuesa señoria ylustrissima tenga el feliz logro que desea de
ver cumplidas estas disposiciones con la satisfaccion que desea la rectitud de
su corazon.— Dios guarde a vuesa señoria ylustrissima muchos años. Admi-
nistracion General de la Real Renta Cuzco y abril veinte y cinco de mil sete-
cientos ochenta.— Besa la mano de vuesa señoria ylustrissima su mas rendido
y atento servidor.— Josef de Lagos.— Ylustrissimo señor Don Juan Manuel de
Moscoso y Peralta.
(Al margen: Providencia).
En la ciudad del Cuzco en veinte y seis dias del mes de abril de mil
setecientos ochenta años. El Ylustrissimo Señor Doctor Don Juan Manuel de
Mosco y Peralta mi Señor Dignissimo Obispo de esta Diocesi del Consejo de
Su Magestad. Habiendo visto el informe que precede fundado en la queja que
dio Don Josef Pabon Guardia Mayor del Partido de Pomacanchi contra el cura
de esta doctrina Doctor Don Gregorio Yepes Valdeyglesias sobre que éste em-
barazó las diligencias de pesquisa para un decomiso de tavacos como parece
del documento que esta por caveza de estos autos, dixo que devia mandar y
mandó se libre la comision necesaria en derecho y por esto la dio al Doctor
Don Domingo Sanchez de Alva Cura de la Doctrina de Sangarara para que
luego que reciva esta providencia notifique al enunciado Yepes comparesca
ante nos dentro de tercero dia y verificado que sea reciva sumaria informacion
al tenor del documento citado y con los testigos que huviese de presentar el
sobredicho Pabon a quien se le mandará lo practique asi, reciviendo otros de
oficio que sean imparciales a ambas partes y fechas las diligencias las remita
cerradas y selladas para todo lo qual se le da facultad de ligar y absolver vajo
la multa de quinientos pesos que se le exigiran sino cumple lo mandado. Asi
lo proveyó y firmó su señoria ylustrissima de que doy fe.— Juan Manuel Obis-
po del Cuzco.— Doctor Antonio de Bustamante Pro-Secretario. Se recivió la
sumaria por el Comisionado y de ella no le resulta crimen provado al Cura de
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