Page 410 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
La defensa del obispo Moscoso: Cargo 11º
y cinco años, no lo firmó por no saber, firmolo su señoría de que certifico.—
Una rubrica.— Manuel Espinavete Lopez.
(Al margen: Decreto).
Cuzco diez y siete de mayo de mil setecientos ochenta y uno. Unase la
anterior declaracion a la causa seguida contra Micaela Bastfdas.— Una rubri-
ca.— Manuel Espinavete Lopez.
(Al margen: Declaracion de Tomasa Tito Condemaita).
En la ciudad del Cuzco a diez y siete de mayo de mil setecientos ochen-
ta y uno, el señor don Benito de la Mata Linares del Consejo de Su Magestad,
Oydor de la Real Audiencia de Lima, habiendo entendido que Tomasa Tito
Condemaita tiene que declarar pasó al calavoso donde se halla presa y ha-
viendola recivido juramento segun derecho y preguntandola que era lo que
tenia que declarar dixo: Que don Cristoval Mesia deve a su magestad a quenta
de tributos por el trabajo de los yndios del tercio de Navidad del año pasado
de mil setecientos ochenta doscientos y mas pesos lo que save Phelipe Flores
vecino de Acomayo. Que a la que declara deve don Juan Figueroa veinte pesos
y seis de buey arador que le vendió. Que a Hermenegildo Delgado deve dos-
cientos pesos que le pidio para pagar los tributos. Que el mismo este quartel.
Que es lo unico que tiene que decir bajo del juramento quando la trageron
presa la dio un sillon y se desaparecio al entrar en fecho en que se afirmó y
ratificó, dixo ser de edad de mas de veinte y cinco años, no lo firmó por no
saver firmolo su señoria de que certifico.— Una rubrica.— Manuel Espinavete
Lopez.— Enmendado: e—M—io—u. Entre renglones: dixo—fecho: Todo Vale
Es conforme a las confesiones de su contexto que se han sacado, la
de Josef Gabriel Tupa Amaro de un testimonio de sus autos autorizado por
Manuel Espinavete Lopez en Lima a diez de noviembre de mil setecientos
ochenta y uno; la de Hipolito Tupa Amaro de otro testimonio de su proce-
so autorizado por el mismo su fecha Lima doce de enero de mil setecientos
ochenta y dos; la de Micaela Bastidas de otro de su causa dado por el propio
Espinavete en Lima a diez y seis de octubre de mil setecientos ochenta y uno;
y la de Tomasa Tito Condemaita de su respectivo firmado por el mencionado
Espinavete Lopez a veinte de agosto de mil setecientos ochenta y uno.
Juan Manuel Obispo del Cuzco (Rubricado).
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