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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
respeto) y enterado de su contenido en su puntual observacion. Certifico en
quanto puedo y juro a Dios nuestro Señor in verbo sacerdotis tacto pectore
segun derecho que es falsa la especie maliciosa de que Julian Flores vezino de
Pichagua (a quien conozco) dijese en mi presencia a don José Fernandez Cam-
pino, Corregidor que fue en este dicho Partido, el que el insurgente revelado
Josef Gabriel Tupa Amaro le hubiese manifestado en el Pueblo de Tungasuca
una carta escrita por mi veneradisimo e ylustrissimo Prelado señor doctor
don Juan Manuel de Moscoso y Peralta a dicho revelde, dandole las gracias
por la desastrada muerte que dio a don Antonio de Arriaga, siendo Corregi-
dor de Tinta y animandolo a su empresa. Todo lo qual no ha precedido y es
imaginaria suposizion de la mala intencion. En cuio assunto tengo dada otra
antelada con atencion al oficio que se me passó por el señor Oidor don Benito
Mata Linares actual Yntendente. Y a la verdad es tiranica e injusta el que se
pretenda manchar el honor tan acrisolado de la fidelissima lealtad experimen-
tada en su señoria ylustrissima para con nuestro augusto monarca; pues es
constante y mui publico y notorio los esfuerzos y medios tan importantes que
dispuso, operados en la ciudad del Cuzco y terminos de su diocesi, como es
el que estando en el mayor vigor las fuerzas que lebantó el traidor contra la
real corona, se viesen desmayados y pusilanimes los animos del vezindario de
aquella ciudad, puso en planta una competente tropa, con todos sus eclesias-
ticos, vajo de su mando, la que armada la presentó a disposicion del que hazia
de Comandante seglar para que los exercitase en aquella urgencia contra los
rebeldes y a favor del Soberano con cuio singular exemplo, valerosos los vezi-
nos y avitantes le militaron tanto, que siguieron constantes hasta conseguir el
triunfo de las armas del Rey. Tambien es evidente de que dicho ylustrissimo
señor expidio circular Orden en nuebe de diziembre de setecientos ochenta so
pena de excomunion mayor ipso facto incurrenda (que se publicó) para que
ninguno de sus curas y thenientes se moviesen de sus doctrinas y que exorta-
sen con frecuencia, eficacia y santa resolucion a que sus feligreses no se com-
pliquen en manera alguna, en los herrados y perversos designios del traidor
Tupa Amaro; antes vien guardasen la fidelidad, amor y obediencia que deben
al rey y a sus ministros aziendoles presente la gravedad del delito de alzamien-
to y las penas en que incurren los que le cometen de muerte perdicion de vie-
nes y de honor de sus dezendientes y la fea mancha de abominacion de Dios,
del Rey,y de sus fieles vasallos, y siendo yo uno de ellos por ver ambas causas
y ser observador de los preseptos de mi superior Prelado, en cumplimiento
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