Page 114 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
La defensa del obispo Moscoso: Cargo 6º
y julio trece de mil setecientos ochenta y seis.— Besa la mano de Vueseñoria
su atento servidor.— Benito de la Mata Linares.— Señor Don Jossef Peres Pro-
visor y Governador del Obispado.—
(Al margen: Contesto del oficio antecedente).
Cuzco y julio quinse de mil setecientos ochenta y seis.— Por resivido
este oficio con el aprecio correspondiente pongase en los autos y contestese.
Asi lo proveyó mandó y firmó el señor Governador Provisor y Vicario general
de este obispado Doctor Peres.—Ante mi.— Doctor Matias de Ysunsa Notario
Maior.—
(Al margen: Respuesta).
Mui señor mio: Dirijo a Vueseñoria como me lo pide en su oficio de
trece del precente testimonio de la real provision por la que manda Su Alte-
za se remitan los autos originales obrados sobre la depocesion de Priora del
monasterio de Santa Catalina. En dicho testimonio han incertas la represen-
tacion hecha a la Real Audiencia subtansacion que tubo y decreto puesto en
su virtud.— Nuestro Señor guarde a Vueseñoria muchos años. Cuzco y julio
dies y siete de mil setecientos ochenta y seis.— Besa la mano de Vueseñoria
su atento capellan y servidor.— Jossef Peres.— Señor Governador Yntendente
Don Benito de la Mata Linares.— Una rubrica.—
Concuerda este traslado con los autos originales de su contesto a que
en lo necesario remito, y para que de ello conste donde comvenga doy el pre-
cente de mandato verbal del señor Governador Provisor y Vicario general de
este obispado, que ha corregido y consertado en esta Mui Noble, Leal y Fi-
delisima gran ciudad del Cuzco cavesa de estos reinos provincias del Perú
en dies y siete de julio de mil setecientos ochenta y seis años, siendo testigos
Don Tomas Zelaya, Don Melchor Ayesta, Notarios Publicos de este Jusgado
Eclesiastico y Phelipe Gallegos precentes.— Enmendado: mando—do—ser
despojada—anima—dea—o—menos—partisipar—participar—peri—sido—
en—de expediente—chan—po—fin—0—En la O—no— cer.— Entre ren-
glones: sa—dise—certificacion—hablando—Mariano—: Todo vale. Testado:
to—: No vale.—
Y en fé de ello lo firmo.
Pedro Nolasco de Pineda Notario Publico (Rubricado).
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