Page 108 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
                                                            La defensa del obispo Moscoso: Cargo 6º
                    (Al margen: Notificacion).
                    En la ciudad del Cuzco en treinta días del mes de junio de mil sete-
            cientos ochenta y seis años. Yo el Notario ley y notifique el decreto que ante-
            sede a la Reverenda Madre Maria de la O, ex-Priora y Presidenta actual del
            monasterio de Santa Catalina de que doy fé. Y aunque no bajó dicha madre
            pero le hise avisar por otra monja y me mandó un papel lo que incerto en los
            autos.— Pedro Nolasco de Pineda Notario Publico.—

                    (Al margen: Nota).
                    En primero de julio de setecientos ochenta y seis se le entregó a la
            Reverenda Madre Maria de la Consepcion los apostolos en foxas ocho y para
            que conste lo anoto.— Pineda.—


                    (Al margen: Respuesta de la Madre Maria de la O).
                    Ponga usted por diligencia que sino se me admiten mas escritos ni yo
            admito la presidencia y que haviendo apelado del apersivimiento antecedente,
            ya no tiene que hacer, y que me dé el testimonio de apelacion para ocurrir por
            mi misma a donde me combenga y que de no protesto el ausilio real de la fuer-
            za, y que teniendo respeto a la superioridad no proceda contra unas pobres
            religiosas metidas en un claustro y que esperan el real amparo. No bajo por
            estar enferma. Madre Maria de la O, ex-Priora.—


                    (Al margen: Cargo).
                    En veinte y ocho de junio de mil setecientos ochenta y seis. Se precentó
            este escrito a las quatro de la tarde.— Una rubrica.—


                    (Al margen: Peticion).
                    Señor Govemador Provisor y Vicario general.— La Madre Maria de la
            Consepcion Rivadeneyra actual Priora de este monasterio de nuestra madre
            Santa Cathalina de Cena. En la instancia solicitando que Useñoria los seño-
            res adjuntos y el notario certificassen lo conserniente a mi eleccion, digo que
            Useñoria parese mandó como se pedia y oy se hallan sentadas las dichas certi-
            ficasiones pero no queriendolas dar el Notario cursor de la causa por decir no
            haverlo proveido Useñoria ocurro a su justificasion para que se sirva mandar
            se me den originales para los efectos, que me comhengan o a lo menos testi-
            monio de ellas, por tanto.— A Useñoria pido y suplico asi lo provea y mande



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