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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
que salieron de huida se escapo tal vez lo hubieran muerto, segun conto el, el
mal estado en que se havia hallado, todo lo que tengo dicho es cierto Publico,
y notorio, y juro; in bervo Sacerdotis tacto pectare, y me ratifico tantas veces
quantas el derecho me permite, y ciendo preguntado prometo decir lo mesmo
en cualquier tribunal que me presentare, y doy esta a pedimento del predicho
eclesiastico en este campamento de Tinta en nueve de Abril de mil setecientos
ochenta, y uno.— Pedro de Landa.
Otra.— Certifico y doy fee en cuanto pueda, y aya lugar en derecho. Yo
el Licenciado Don Domingo Sotomayor cura Coadjutor de esta doctrina de
Quiquijana, por el Ilustrísimo Señor Doctor Don Juan Manuel de Moscoso,
y Peralta, dignísimo Obispo de esta Diócesis del Cuzco mi señor, que aunque
me ocupaba en predicar al Pueblo sobre la Sisaña del Rebelde de Tupa Amaro
siempre con animo de erradicarla como leal basallo de Su Magestad nunca
pude conseguir este fin por todo cuanto yo decía lo entendían al rebes y siem-
pre aunque les persuadia con razones nunca querían asentir a mis propuestas,
antes me amenazaban con la muerte por decir que yo era contrario al rebelde
Tupa Amaro: este mismo giro llevaba el Licenciado Don Pedro Solís ni entre
ambos podíamos conseguir algún consuelo para sugetar al pueblo al Rey mi
señor antes abiertamente decían que havian de morir a manos del Rebelde, y
en este intermedio, que desconsolados estábamos sin poder que hacer llegó el
Licenciado Don Josef Sauaraura, de la Casa del Rebelde, traiendo un pliego
que dixo ser para el Señor Avilés, cuio rótulo vi, y haviendo visto en dicho
Señor el deseo tan vehemente que traia de dar cuenta por menudo del estado,
y cosas del rebelde, le dixe, que como tan leal bassallo de su Magestad, y si
era cierto el deceo que traía de sacrificarse se le havian de seguir, y el delito
que cometían, y la pena de muerte en que havian de incurrir sin exepción de
persona, en caso de no sugetarse ni rendirse a las suabes, Ley del Rey Nuestro
Señor (Que Dios guarde) y de facto, lo hizo un Miércoles en la noche, con
toda eficacia, viveza, y espíritu, trayendo por sistema la predicación de Jonas,
y la penitencia de los Ninibitas, fué tanto su fervor que redujo a los del pueblo,
y los que asistieron que fueron muchos que como los expuso la verdad, pare-
cía que se arrepentían, de suerte que ha de haver estado de promto las tropas
al punto se huvieran entregado, desde el Pulpito dexo advertido que tuviesen
por asilo a nosotros los dos Eclesiásticos mas el dia siguiente hubo orden de
que al referido Sauaraura lo llebasen preso al pueblo de Tinta con su Santo
Christo por haver predicado el sermón de que también es testigo el Lizenciado
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