Page 654 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
Asuntos económicos
Por Idm. de veinte y cinco dichos en el mes, digo en veinte y cinco
días que estuvieron de servicio, a razón de dos reales diarios cada
uno 006.2
Por Idm., de cinco dichos, en veinte y cuatro días que sirvieron, y
se les abonan al mismo respecto citado 030.
Por Idtn. de uno dicho Juan José Butrón, en diez y ocho días que
sirvió y se le consideran como a los anteriores 004.4
Por Idm. de nueve soldados dichos en diez y seis días, que hicieron
el servicio al citado respecto 0.36.
Por Idm. de uno Idm. en nueve días que sirvió y se le abonan en la
misma conformidad 002.2
Por Idm. de nueve dichos soldados, en ocho días que sirvieron y se
les abonan en igual conformidad 018.
Suman 367.
los mismos trescientos sesenta y siete pesos, que antes se relacio-
naron 367
Segunda Lista, que comprende nueve días contados desde veinte y sie-
te de Abril de 1781, inclusive, hasta cinco de Mayo, exclusive, del mismo, que
estuvieron acuartelados en el Colegio que fué de los Jesuitas expatriados, en
cuyo tiempo, gozaron, integramente, sus respectivas asignaciones, conforme
a lo dispuesto en la Junta de Guerra de seis de Diciembre de 1780, con las que
devengaron doscientos sesenta y dos pesos y un real, según los respectivos ha-
beres, que, en dicho documento, se puntualizan a cada uno de los individuos
de que consta, con arreglo al cual pertenecen a saber:
Por el prest del referido Capitán, en los citados nueve días al res-
pecto de treinta pesos mensuales de su asignación 009.
Por Idm. de el Teniente Don Leonardo Arbe, en el mismo tiempo,
al respecto de veinte pesos mensuales Idm 005.5
Por Idm. de el Alferez Don Francisco del Rivero, en el mismo tier-
no, al respecto de diez y seis pesos mensuales Idm. 004.4
Por Idm. de dos Sargentos, en el mismo tiempo referido, a razón
de seis reales diarios cada uno 013.4
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