Page 522 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
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            regulares de la noche que es la práctica establecida en esta Comición. Para
            el cuidado y despacho de Almacenes de víveres, Pertrechos, Municiones de
            Guerra y utencilios, nombre a Dn. Felipe Moscoso y Venero, que subsistió
            pocos días y a Dn. Bernardino Toledo, y para la razón de entrada y salida a
            Dn. Marcos Mesia con tres Masas de Almacenes. Retirados los dos primeros
            de este servicio, entró en su lugar Dn. José Calderón quedando siempre para
            el mismo fin el citado Mesia con igual número de Mozos ay se mantiene Cal-
            derón con solo un mozo y el mencionado Messía pasó a esta Comisión en la
            que se halla empleado.
                    A el regreso de la expresada Campaña de Puno, seguí tirando los li-
            bramientos contra esta Administración de Rentas Unidas y su Administrador
            Dn. José Sánchez expuso al Señor Don José Antonio de Areche, no le daban
            lugar a esta atención los asuntos de su ministerio, suspenso el giro de las li-
            branzas y que entendí se pretendía me hiziese cargo de los caudales representé
            a su Señoría la incompativilidad que manifiesta e Documento No. 4, y en con-
            formidad del Decreto que le subsigue se corrieron los oficios No. 5 y su con-
            testación que les sigue bajo el mismo número. En semejante estrecho propuse
            a varios sujetos de conocido abono este encargo, y no fue posible hallar quien
            lo admitiese; por lo que últimamente resolví nombrar a Dn. Juan de Palacio,
            en los términos que acredita la Copia No. 6.
                    La razón No. 7 manifiesta los Yndicados subalternos con que me hallo
            despachando con tesón los asumptos pendientes de la Comisaría. Sus asigna-
            ciones no corresponden a la contracción en que se allan ni lo suficiente a su
            subsistencia, quando los bastimientos se ven en esta Ciudad por unos precios
            exorvitantes, y en términos que se experimentan muchas calamidades en to-
            das las Provincias de su contorno. Los Torillos de Año y medio, se venden a ocho
            pesos. Las papas que antes valía 6 rs.; un costal, no baja oy de quatro y cinco pesos.
            La fanega de Mais, diez pesos y la Arina 16 y 17. Las ropas de la Tierra un ciento
            sinquenta más, y las de Castilla, hasta lo increhible. VS. notará la diferencia que
            hay de estos sueldos a los que gozan los empleados en la Administración de rentas
            Unidas de esta Ciudad sin embargo de que aquellos solo se contraen a los días y
            oras establecidas en toda Ofizina.
                    Se creará y con bastante razón en los altos Tribunales, que a más de havér-
            seme dado un formulario para arreglar mis disposiciones y metodisar las Cuentas
            según estilo, se me huviere puesto un Contador y un Oficial Mayor tan instruídos
            como para unos fines, que siendo importantes en el todo no me dejasen descu-



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