Page 707 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            en las inmediaciones de Guamanga, dos en el partido de Guarochiri, y se in-
            tenta hacer lo mismo con otra junto á Guanuco, siendo todas diferentes de las
            tres que ántes cité, descubiertas por Coquet en Tarma, y aunque de ninguna
            puede decirse haya una sólida y acreditada esperanza, no faltan indicios que
            la lisonjeen, especialmente en la de Guarochiri; pero son muy falibles estos
            anuncios para poder yo con ellos asegurar á V. E. la felicidad que deseo, y no
            sería prudencia anticipar desde ahora.
                    Dase razon de las oficinas y estado de la villa de Potosí, de que hablan
            las Instrucciones de visita.- Ya he advertido el justo motivo que impidió las
            actuaciones de visita en el vireinato de Buenos Aires; pero como quedó excep-
            tuada la de Potosí, y yo había merecido á S. M. la confianza de elegirme para
            ella, aunque tengo dada individual razón de su conclusion y felices progresos,
            volveré aquí á recordar muy sucintamente, para llenar los artículos de la Ins-
            truccion, de donde dimanó mi subdelegacion en aquella villa, que con justicia
            se recomienda en el 37 por su situacion y riqueza, como el centro y corazon
            del reino que verifica todo su vasto cuerpo, y siendo constante de infinidad de
            procesos ruidosos que motivaron mi comision, que aquél era el teatro de las
            discordias, enredos, confusion y desórdenes cuando fuí á hacerme cargo de su
            gobierno, creo me hará V. E. la justicia de conocer cuanto he trabajado para
            ponerlo en el ventajoso estado que lo entregué á mi sucesor.
                    Artículo 40 de la Instruccion, arreglo de las cajas de Potosí, creacion y
            aumentos de su aduana.- Las cajas Reales, por donde empieza el art. 40 de
            la Instruccion, son las que ménos me dieron que hacer, porque, en realidad,
            estaban ya en un regular órden por la visita anterior, que se concluyó en el
            año 71, con separacion de las cajas de Cochabamba y la Plata, y remision de
            las cuentas al tribunal de Lima; pero, no obstante, había quedado pendiente el
            inexplicable laberinto de las deudas que se suponian con la casa de Moneda,
            y logré esclarecerlo y cortarlo á los primeros meses, con lo que se quitó aquel
            escandaloso tropiezo, que por mala explicacion en las relaciones de deudas
            habia ocasionado tan repetidas Reales órdenes.
                    Las cuentas de dicha oficina desde el año de 71 se liquidaron en el
            modo que permitió la falta de documentos por hallarse remitidos al tribunal
            de aquellos años; y de esta diligencia, y la del córte y balance que tambien
            ejecuté, no resultaron cargos, pero sí tuve que reformar gastos y empleados,
            suprimiendo dos oficiales plumarios y otros dos cobradores que, con el nom-
            bre de soldados de la guardia del Virey, gravaban inútilmente al Erario, y



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