Page 294 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Volumen 2
Documentos varios
Lima y Septiembre 22 de 1832
Señores Presidente y Vocales de la Excelentisima Corte Suprema.
Como uno de los Conjueses en la causa seguida al Gran Mariscal don
José de la Riva Agüero, su Procurador don Juan Guarda me ha presentado
escrito, y acompañando al mismo tiempo copia del dirijido á este Supremo
Tribunal; cuyo proveido aparece ser con fecha 19 del presente = Que pase á la
Sala de Revista = En merito de esto, y de la escusa del Señor Presidente, es que
se ha determinado el referido Procurador á pedirme por un otro sí, que ponga
un oficio á efecto de lograr expedito el local, por los dias y horas necesarias
para la reunion de la Sala de Revista. Creyendo que sea de mi deber, lo verifi-
co, con el objeto de que, ó por el Señor Presidente como entiende, ó en su vez
por el Señor Vocal de este Supremo Tribunal se de la providencia economica
á que me contraigo = Dios guarde á Vuestra Señoria = Lorenzo Soria.
Señores Vocales de la Excelentisima Corte Suprema de Justicia.
La nota que tengo la honra de adjuntar á Vuestras Excelencias la dirijí
al Señor Presidente de este Supremo Tribunal, por lo que en ella se expresa y
ha sido debuelta por el portero de él, asentando ser orden verbal del referi-
do Señor Presidente. Pongo pues en consideracion de Vuestras Excelencias el
merito de su contenido, como esta ocurrencia, para su superior resolucion =
Dios guarde á Vuestras Excelencias = Lorenzo Soria.
Son copias
La apreciable comunicacion de Vuestra Señoria con fecha de hoy, ter-
mina a que como conjuez en los Autos seguidos con relacion a Vuestra Seño-
ria, le diga el resultado de la nota dirijida al Señor Presidente de la Excelentisi-
ma Corte Suprema en coformidad de havermelo pedido asi en su escrito, por
convenirle á su derecho. Si conciderando de mi deber cumpli con dirigirla y
aun negado á recivirla el referido Señor Presidente remiti otra en union de la
primera al Tribunal que tambien fueron debueltas, reprobandose mi conducta
por este procedimiento, como de palabra me lo comunicó el escriviente del Tri-
bunal al que pertenesco: No creyendo menos de mi deber el dar esta contesta-
cion á Vuestra Señoria cumplo con ella en los terminos que aparece y para la
obligacion que me impone el fundamento con que la pide.
Dios guarde á Vuestra Señoria muchos años.
Lima á 26 de Septiembre de 1832.
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