Page 441 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Convocatoria para la elección de nuevos diputados




                    Como mi unico obgeto es la salbacion é independencia del Perú, y esta
            no seria durable si no estubiese apoyada en las bases que constituyan al Estado
            para lo subcesivo; he venido en Decretar.
                    1a. En todos los Departamentos libres del Perú se procedera á la elec-
            cion de Diputados para la instalacion de un Congreso general.
                    2a. Se obserbarán para la eleccion de Diputados el Reglamento de 26
            de Abril de 1822 dado en Lima en cuanto nose autorice el nombramiento de
            suplentes.
                    3a. No se obserbarán los Decretos posteriores por los que se derogan
            los articulos del y si se llebará á efecto de que los Diputados tengan la plurali-
            dad absoluta y no respectiva prevenida en la Articulo 13, seccion 4 del mismo
            reglamento.
                    4a. Luego de que se reunan los Diputados propietarios, señalará el Su-
            premo Gobierno lugar y dia en que se haya de instalar el Congreso General.
                    5a. Instalado que sea depositaré el mando Supremo en el Congreso
            para que acto continuo proceda á elegir un poder egecutivo.
                    6a. Habiendo la  esperiencia demostrado quan funesto  ha sido  álos
            pueblos la falta de instrucciones á sus comitentes, como ási mismo el abuso
            que hicieran algunos, de los que impropiamente tomaron el nombre de Apo-
            derados en el extinguido Congreso, conviene álos intereses del publico que los
            Poderes sean terminantes para constituir el Supremo Gobierno, dictarles una
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