Page 441 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Convocatoria para la elección de nuevos diputados
Como mi unico obgeto es la salbacion é independencia del Perú, y esta
no seria durable si no estubiese apoyada en las bases que constituyan al Estado
para lo subcesivo; he venido en Decretar.
1a. En todos los Departamentos libres del Perú se procedera á la elec-
cion de Diputados para la instalacion de un Congreso general.
2a. Se obserbarán para la eleccion de Diputados el Reglamento de 26
de Abril de 1822 dado en Lima en cuanto nose autorice el nombramiento de
suplentes.
3a. No se obserbarán los Decretos posteriores por los que se derogan
los articulos del y si se llebará á efecto de que los Diputados tengan la plurali-
dad absoluta y no respectiva prevenida en la Articulo 13, seccion 4 del mismo
reglamento.
4a. Luego de que se reunan los Diputados propietarios, señalará el Su-
premo Gobierno lugar y dia en que se haya de instalar el Congreso General.
5a. Instalado que sea depositaré el mando Supremo en el Congreso
para que acto continuo proceda á elegir un poder egecutivo.
6a. Habiendo la esperiencia demostrado quan funesto ha sido álos
pueblos la falta de instrucciones á sus comitentes, como ási mismo el abuso
que hicieran algunos, de los que impropiamente tomaron el nombre de Apo-
derados en el extinguido Congreso, conviene álos intereses del publico que los
Poderes sean terminantes para constituir el Supremo Gobierno, dictarles una