Page 159 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Vida y obra de José de la Riva Agüero
tengo pignorado á Don Juan Renner un reconocimiento del Estado de 7180
y mas pesos, importe de la liquidación que se firmó en el año 1833, por los
muchos años que se me debian de sueldos hasta esa época. En este estado no
teniendo yo con que satisfacer á Don Juan Renner 5000 pesos que recibí de el
con el interés del 2% mensual y ademas los intereses de muchos años que le
estoy debiendo, no me es posible amortizar ese credito inscribiéndome en el
gran Libro de la Consolidacion de la deuda nacional; por que el acreedor no
se convendría jamas á ser cubierto con el redito de la Consolidacion sino que
cuando mas se allanaría á tomarlo todo por los intereses corridos y por correr,
y de esta manera jamas se chancelaria la cantidad que le estoy debiendo. De
que resulta que no siendo yo pagado por el Estado con dinero sonante, parece
debo serlo con la adjudicacion del referido convento, unico arbitrio que me
queda para pagar al espresado Renner. De lo contrario esa cantidad pignorada
por 5000 pesos voy á perderla irremisiblemente vendiéndola por una tercera
parte de su valor que seria toda ella para satisfacer á este acreedor, y la ultima
ruina para mi; por que no teniendo otro recurso para pagar á Renner, es evi-
dente que por cinco mil pesos recibidos para alimentar á mi familia durante
los trastornos ocurridos en el pais quedarían mis hijos sin ese corto patri-
monio. Esa hypotesis no es posible que suceda en la rectitud de la Cámara y
apoyado en la ley y supremas resoluciones que dejo mencionadas espero que
se sirva la Cámara ordenar que se me adjudique el dicho Convento supreso.
La Honorable Cámara se hará cargo de la ruina que resultaría á mi
familia si perdiese el ultimo recurso que me queda; y que lo perderia por la in-
observancia que con respecto a mi ha habido de las leyes, segun se comprueba
con el espediente original que acerca de esto tiene la Cámara á la vista. Por lo
que:
A la Honorable Cámara pido y suplico se digne acceder á mi solicitud,
por ser conforme con la justicia que me asiste y con la integridad de la Cáma-
ra, que no puede ignorar los sacrificios que he hecho de mi fortuna y de mi
persona para dar la independencia al Perú.
Lima 20 de Setiembre de 1851.
Señor:
José de la Riva Agüero
Otro si digo: Que en atención á que mis creditos contra el Estado están
reconocidos, y no se me puede negar la realidad de ellos, suplico á la Repre-
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