Page 539 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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te, he defendido a lo largo de toda mi vida y no  El señor PRESIDENTE.— A usted, doctor
                  veo razón alguna para que la varíe ahora.   Moreyra.
                  Pero quiero hacer notar en este momento algo  Tiene la palabra el doctor Antero Flores-Araoz,
                  que me parece importante. Hemos establecido  en representación del Partido Popular Cristiano.
                  que la Constitución y, en general, las leyes de la
                  República no tendrán efecto retroactivo, salvo  El señor FLORES-ARAOZ ESPARZA (PPC).—
                  para los casos penales y siempre y cuando sea  Señor Presidente: En este grupo vienen varias
                  favorable al reo. En todos los demás casos, nin-  reconsideraciones, me voy a referir a algunas de
                  guna ley tiene efecto retroactivo.          ellas.

                  En esta norma se ha variado lo que decía la an-  En lo que concierne al Congreso Nacional, cree-
                  terior Constitución —y se ha variado con mi voto  mos que debe darse rango constitucional a una
                  en contra—, pero así ha sido la decisión de la  norma de carácter electoral, como es la que se-
                  mayoría y así creo que la acataremos. Se da el  ñala que las vacantes que se produzcan en el
                  caso de que la Constitución de 1979 sigue vigen-  Congreso tienen que llenarse por los accesitarios.
                  te y seguirá vigente si es que el referéndum no
                  aprueba la nueva Constitución que en este mo-  De otro lado, si la función presidencial es con
                  mento estamos discutiendo. En todo caso, aun  exclusividad y no puede lógicamente recibir otras
                  cuando se dé el segundo supuesto y tengamos  remuneraciones, hay que evitar, dentro de un
                  una nueva Constitución hacia fines de año, siem-  proceso de moralización pública permanente, que
                  pre la Constitución de 1979 estará vigente al 28  el Presidente de la República pueda recibir
                  de julio de este año, la que establece que no pue-  donaciones. No me refiero a nadie en particular,
                  den ser candidatos a la Presidencia de la Repú-  sino a todos los presidentes que pueda haber de
                  blica aquellas personas que fuesen presidentes  ahora en adelante, porque considero que las nor-
                  o vicepresidentes dos años antes de producidas  mas constitucionales deberían tener gran esta-
                  las elecciones.                             bilidad en el tiempo.
                  Por consiguiente, considerando que los años no  Estamos perfectamente de acuerdo en que el
                  varían sino en cantidades que se miden en tér-  Poder Legislativo tiene que ampliar sus faculta-
                  minos de milésimas de segundos por año y no  des. Si queremos equilibrio de poderes entre el
                  más, y dado que no creo que nadie pueda esta-  Ejecutivo y el Legislativo, no podríamos dejar
                  blecer o querer que el actual período se prolon-  de intervenir para ratificar los embajadores que
                  gue más allá del 28 de julio de 1995, es evidente  nombra el Poder Ejecutivo ni tampoco dejar de
                  que esta norma alcanza en este momento a toda  ratificar los ascensos de los oficiales superiores
                  aquella persona que sea Presidente o Vicepresi-  que vayan al rango de general. Esto lo han plan-
                  dente, que son tres personas, como sabemos.  teado los congresistas Barrón y Olivera, a quie-
                                                              nes en este punto les damos nuestro pleno apo-
                  Se dijo en una oportunidad en que tuve este tipo  yo para buscar ese equilibrio de poderes tan ne-
                  de debate que, teniendo en cuenta que la nueva  cesario en el país.
                  Constitución estaría vigente al momento de pro-
                  ducirse las nuevas elecciones, no era válido el  En cuanto al artículo 123º A, mediante él había-
                  argumento porque ya no estaría vigente dicha  mos planteado nuevamente que la materia
                  Constitución. Sin embargo, es evidente que en  presupuestal tuviera que ser estudiada por una
                  ese caso estamos aplicando la nueva Constitu-  comisión del Congreso. Esto es indispensable y
                  ción en forma retroactiva. Por consiguiente, quie-  más aún cuando la mayoría de proyectos de ley,
                  ro anunciar, por lo pronto, que de acuerdo a la  salvo que se exonere del requisito correspondien-
                  norma legal vigente y a las disposiciones de la  te, van al estudio de una comisión dictaminadora.
                  nueva Constitución, al igual que de la antigua,
                  si es que la podemos llamar así, el actual Presi-  En la anterior Constitución se consagró una co-
                  dente de la República y los dos vicepresidentes  misión bicameral de presupuesto, dentro de un
                  no pueden ser candidatos.                   sistema bicameral. Habiéndose desechado las
                                                              propuestas que hiciéramos para volver al siste-
                  Eso, en su momento, lo haremos valer ante el  ma bicameral, dentro del sistema que ha adop-
                  organismo pertinente, si es que se produce el  tado la mayoría, tendríamos necesariamente que
                  hecho —ojalá no sea así— de que se intente la  señalar el requisito de que ese proyecto presu-
                  reelección al amparo de esta norma que además,  puestal sea previamente debatido y aprobado por
                  en principio y a mi juicio, es un error.    esa comisión de presupuesto, que nos traiga,
                                                              luego de cerciorarse del caso, su dictamen al
                  Gracias, señor Presidente.                  Congreso para su aprobación final.



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