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El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Tiene la interrupción, congresista Galván.

               El señor GALVÁN VENTO.— Muchas gracias, Presidente.

               Propuesta de artículo, manténgase a la defensa nacional en la excepción considerada en
               el artículo 104.° del proyecto de ley del presupuesto del sector público, y como se  ha
               venido  aprobando  las  leyes  anuales  de  presupuesto  del  año  fiscal  2018,  el  artículo
               quedaría redactado de la siguiente manera:

               Prohíbese la adquisición de vehículos automotores, salvo en los casos de pérdida total del
               vehículo,  adquisiciones  de  ambulancias,  vehículos  de  rescate  y  autobombas;  vehículos
               destinados  a  la  limpieza  pública,  seguridad  ciudadana,  seguridad  interna  y  defensa
               nacional;  vehículos  destinados  al  servicio  de  alerte  permanente  y  a  la  asistencia
               humanitaria ante desastres; vehículos para el desplazamiento de los fiscales del Ministerio
               Público que involucra el proceso de investigación fiscal; vehículos para los órganos del
               servicio exterior de la república creados en los años fiscales 2017-2018; y vehículos para
               las unidades de protección especial de la Dirección General de Niños, establecidos en el
               Decreto Legislativo N.° 1297 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 01-
               2018; y para la atención inmediata y urgente de casos de violencia contra la mujer y los
               integrantes del grupo familiar en el marco de la Ley N.° 30364, Ley para…

               El  señor  PRESIDENTE  (Daniel  Salaverry  Villa).—  ¿La  segunda  interrupción,  congresista
               Palma?

               El señor PALMA MENDOZA.— Concedida.


               El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— La segunda interrupción es también para
               el congresista Galván.


               El señor GALVÁN VENTO.— Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra
               las mujeres y los integrantes del grupo familiar y su reglamento, aprobado en el Decreto
               Supremo N.° 09-2016.


               Asimismo  están  exentos  de  esta  prohibición  los  casos  de  adquisiciones  que  se  realicen
               para  la  consecución  de  las  metas  de  proyectos  de  inversión  y  la  renovación  de  los
               vehículos automotores que tengan una antigüedad igual o superior a 10 años.

               Objetivo y justificación de la propuesta:


               Autorizar  al  Pliego  026  del  Ministerio  de  Defensa  la  adquisición  de  vehículos  de
               seguridad  y  de  defensa  nacional  que,  por  su  naturaleza  y  uso,  no  califiquen  como
               proyectos de inversión, con la finalidad de cubrir las necesidades operativas y logísticas
               del  personal  de  las  instituciones  armadas  a  nivel  nacional,  que  incluye  zonas  de  alta
               complejidad, como el Vraem y zonas de frontera.

               La  aplicación  de  la  presente  medida  no  irroga  gastos  adicionales  al  Tesoro  Público,
               porque será financiado exclusivamente con cargo al presupuesto autorizado al Pliego 026
               del Ministerio de Defensa.




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