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La señora PRESIDENTA (Leyla Chihuán Ramos).— Congresista Villanueva, continúe, por
favor.
El señor VILLANUEVA MERCADO (AP).— Gracias, señora Presidenta.
Igualmente, a través suyo al presidente de la Comisión de Presupuesto, quisiera solicitarle
pueda incorporar dentro del texto de presupuesto un artículo que favorece a 18 000
familias aproximadamente del Poder Judicial, toda vez que se encuentran en la espera de
sus mejoras salariales, remuneraciones acorde con los niveles de exigencia, según los
perfiles orientados a desarrollar funciones especializadas.
Debe decir la autorización: "Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas durante el
Año Fiscal 2019, a realizar un estudio de ingresos del personal jurisdiccional
administrativo del Poder Judicial y Ministerio Público, a fin de determinar una escala de
ingreso acorde con los ingresos de los trabajadores de las entidades del sistema de
justicia, la nueva escala de ingresos del personal jurisdiccional y administrativo del Poder
Judicial y Ministerio Público, se aprobará en el marco del artículo 8.° del Decreto
Legislativo 1442, decreto legislativo de gestión fiscal de los recursos humanos en el sector
público".
Para efecto de implementar lo dispuesto: "Exonérese al Poder Judicial y al Ministerio
Público de lo establecido en el artículo 6.° y 9.° de la presente ley.
Asimismo, dispónese que todos los ingresos del personas jurisdiccional y administrativo
del Poder Judicial del régimen laboral del Decreto Legislativo 728 que perciben a la fecha
de publicación de la presente ley, se consolidan en un único monto, para tal efecto, el
40% del monto consolidado queda a efecto de cargas sociales y es de naturaleza
pensionable.
Lo dispuesto en el presente párrafo, entra en vigencia al día siguiente de publicada la
presente ley.
La implementación de la presente disposición, se financia con cargo al Presupuesto
Institucional del Poder Judicial y del Ministerio Público".
Igualmente, se ha coordinado señora presidenta con los funcionarios de la ONPE, la
incorporación del siguiente artículo a favor de los partidos políticos que aún no han
hecho efectivo el cobro del financiamiento público.
"Autorízase al Pliego Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), a incorporar en su
Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019, en la fuente de financiamiento recursos
ordinarios, los recursos no ejecutados en el Presupuesto Institucional del Año 2017, por la
fuente de financiamiento recursos ordinarios que fueron incorporados en el marco de lo
dispuesto por el Decreto Supremo 064-2017-Economía y Finanzas, de fecha 24 de marzo
de 2017, el mismo que a su vez fue autorizado para su incorporación en el Presupuesto
Institucional del Año Fiscal 2018, en el marco por lo dispuesto por el Decreto Supremo
013-2018, de fecha 29 de mayo de 2018”.
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