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Luego, tener en cuenta el Oficio 295-2018, señor presidente de la Comisión de
Presupuesto, remitido por la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa,
mediante el cual solicitan considerar como Unidad Ejecutora, de manera excepcional, por
contar con los presupuestos de una municipalidad distrital.
Me pide una interrupción, si así lo considera pertinente, señora presidenta, el colega
Sergio Dávila y la colega Mercedes Aráoz.
La señora PRESIDENTA (Leyla Chihuán Ramos).— Puede interrumpir la congresista Aráoz.
La señora ARÁOZ FERNÁNDEZ (PPK).— Señora presidenta, ese artículo que solicito sea
incorporado es para poder hacer posible que se cumpla el oportuno pago de las
aportaciones a EsSalud por parte de las entidades del Estado. El texto dice lo siguiente:
"Autorícese al Ministerio de Economía y Finanzas a implementar los procedimientos
necesarios para asegurar el pago oportuno de las aportaciones al Seguro Social de Salud
(EsSalud) a que se encuentren obligados los gobiernos regionales y gobiernos locales en
su calidad de empleadores respecto a las planillas de remuneraciones y Contratos para la
Administración de Servicio (CAS) a su cargo, de manera que la afectación presupuestal y
consiguiente pago a cargo de la respectiva Unidad Ejecutora Gobierno Local sea
efectivamente realizada a la orden en la cuenta bancaria de la Superintendencia
Nacional de Aduana y Administración Tributaria (Sunat) y/o EsSalud.
Mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, se
aprueba las disposiciones complementarias que resulten necesarias para mejorar la
aplicación de la presente disposición".
Gracias.
La señora PRESIDENTA (Leyla Chihuán Ramos).— Puede interrumpir el congresista Dávila.
El señor DÁVILA VIZCARRA (PPK).— Gracias, Presidenta.
Reconózcase el tiempo de servicio como oficiales de servicio desde su ingreso a la Policía
Nacional del Perú, a los oficiales del Servicio de Enfermeros PNP en actividad, egresados
del Centro de Formación Profesional de la Sanidad PNP de la 48, 49, 50ava promoción,
comprendidos en la Resolución Ministerial 697-2018-IN/PNP, regularicen su régimen
pensionario, transfiriendo sus aportes por fines provisionales durante los años que laboran
como empleados civiles y como oficiales PNP a la Caja de Pensiones Militar Policial,
Decreto 19846, Fondo 1, otórguese excepcionalmente y por única vez el grado
inmediato superior, antigüedad en aptitud para el ascenso subsiguiente grado inmediato
superior al proceso de ascenso del año 2019.
El personal comprendido en la presente norma, quedará exceptuado del pase a retiro por
la cual el límite de edad y el grado en tanto no se regularice su régimen previsional.
Autorícese al Ministerio del Interior a emitir las normas complementarias que permitan el
cumplimiento del presente artículo del año fiscal.
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