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La señora PRESIDENTA (Leyla Chihuán Ramos).— Okay.
Concedido el uso de las diapositivas.
Puede interrumpir la congresista Pariona.
La señora PARIONA TARQUI (NP).— Gracias, congresista Zeballos.
Presidenta, yo quiero hacer una precisión.
En el artículo 37 de la Ley de Presupuesto, que en esta ocasión estamos debatiendo, si
bien en este artículo, incluido el 37.1, 37.2 se incorpora el Focam para ser utilizado por
las universidades públicas en proyectos de inversión; a pedido nuestro, en la Comisión de
Presupuesto, debe incorporarse en el título del artículo para tener coherencia en el
contenido mismo. Así que yo pediría que la comisión que está a cargo de la redacción
final del dictamen pueda hacer ese cambio, presidenta.
Solo esa precisión.
Muchas gracias.
La señora PRESIDENTA (Leyla Chihuán Ramos).— Gracias, congresista Pariona.
Puede interrumpir el congresista Arce.
El señor ARCE CÁCERES (NP).— Gracias, Presidenta.
Al presidente de la Comisión de Presupuesto, para que pueda incluir una disposición
complementaria que autorice a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú para que
apruebe modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático, para
garantizar el pago de la sentencia judicial en calidad de cosa juzgada en ejecución de
sentencia a favor de los servidores del Régimen del Decreto Legislativo 728, sin demandar
recursos adicionales al Tesoro Público, quedando exceptuados durante el Año Fiscal
2018 de lo dispuesto en el artículo 6 y artículo 9 de la Ley de Presupuesto del sector
público para el Año Fiscal 2018, así también las referidas en el artículo 80 de la Ley
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 48 del Decreto
Legislativo 1440.
"La presente disposición entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente
ley".
De la misma manera, Presidenta, otra Disposición Complementaria:
"Autorízase al Ministerio Público la progresión de sus profesionales médicos del Instituto
de Medicina Legal, así como la de sus profesionales de la salud no médicos en sus
respectivos niveles de carrera mediante un proceso de ascenso automático excepcional,
hasta el nivel que les corresponda por años de servicio. Para tal efecto, dicha entidad
queda exceptuada de lo dispuesto por el artículo 6° de la presente".
Gracias, Presidenta.
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