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72 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2017
se autorizó su transferencia conforme a la pre- de la Provincia de Lauricocha y Yarowilca Pliego
sente disposición. 406 del pliego presupuestal del Gobierno Regio-
nal de Huánuco.
La aplicación de la presente disposición se fi-
nanciará con cargo al presupuesto institucional Septuagésima sexta. Crease la Unidad Eje-
del pliego, sin demandar recursos adicionales al cutora Hospital de Lircay en el Pliego Gobierno
Tesoro Público. Regional del Departamento De Huancavelica, la
misma que se sujeta el presupuesto institucional
Septuagésima tercera. Dispóngase que la del pliego 447, sin demandar recursos adiciona-
Universidad Nacional de Música, la Universidad les al tesoro público, quedando exceptuados sólo
Nacional Daniel Alomía Robles y la Universidad del requisito del monto del presupuesto anual
Nacional Diego Quispe Tito, a que se refiere la por toda la fuente de financiamiento establecido
Ley 30597, constituyen pliegos presupuestarios. en el artículo 58 de la Ley 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto.
Para la implementación de la presente disposi-
ción, autorícese al Ministerio de Educación y a Septuagésima sétima. Exonérase al Ministe-
los Gobiernos Regionales de Huánuco y de Cus- rio Público de la prohibición prevista en el artí-
co a realizar modificaciones presupuestarias en culo 6 de la presente ley, para la implementación
el nivel institucional a favor de las referidas uni- de las valorizaciones y el servicio de guardia a
versidades. Dichas modificaciones presupuesta- que se refieren los artículos 8 y 10, respectiva-
rias se aprueban mediante Decreto Supremo; en mente, del Decreto Legislativo 1153, Decreto
el caso del Ministerio de Educación el Decreto Legislativo que regula la política integral de
Supremo será refrendado por el Ministro de compensaciones y entregas económicas del per-
Economía y Finanzas y el Ministro de Educa- sonal de la salud al servicio del Estado, para el
ción, a propuesta de este último; y, en el caso de personal del Instituto de Medicina Legal y Cien-
los Gobiernos Regionales el Decreto Supremo cias Forenses.
será refrendado por el Ministro de Economía y
Finanzas y el Presidente del Consejo de Minis- Asimismo, autorízase la progresión en la carrera
tros, a propuesta de los Gobiernos Regionales a los profesionales de la salud médicos y no mé-
correspondientes. dicos de Instituto de Medicina Legal y Ciencias
Forenses, la misma que se desarrolla en el mar-
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2 de la co de la normatividad vigente; para tal efecto,
Ley 30597, las universidades mencionadas en el exonerase al Ministerio Público, de la prohibi-
primer párrafo de la presente disposición ade- ción prevista en el artículo 8 de la presente Ley.
cuarán sus estatutos y órganos de gobierno a lo
establecido en la Ley 30220, Ley Universitaria; Septuagésima octava. Dispónese la creación
asimismo, para la implementación de lo dispues- de dos unidades ejecutoras en el Pliego 003 Mi-
to en el artículo 29 de la Ley Universitaria, se ex- nisterio de Cultura, durante el Año Fiscal 2018,
ceptúa al Ministerio de Educación de los nume- a cargo de las direcciones desconcentradas de
rales 61.2 y 61.3 del artículo 61 de ésta última. cultura de Huánuco y Ayacucho para el Comple-
jo Arqueológico Kotosh y Complejo Arqueológico
Mediante Decreto Supremo refrendado por el Wari, las mismas que se sujetan al presupues-
Ministro de Educación, se aprobarán las nor- to institucional de la entidad sin demandar re-
mas complementarias para la mejor implemen- cursos adicionales al tesoro público, quedando
tación de la presente disposición. exceptuadas solo del requisito del monto del
presupuesto anual por toda la fuente de finan-
Septuagésima cuarta. Autorizase al Pliego ciamiento establecido en el artículo 58 de la Ley
457 Gobierno Regional de Piura la creación de 28411, Ley General del Sistema Nacional de
la Unidad Ejecutora Instituto Superior Tecno- Presupuesto.
lógico Público Luciano Castillo Colonna de la
provincia de Talara. Septuagésima novena. Créase las Unidades
Ejecutoras en el Pliego 003 Ministerio de Cul-
Para este fin exonérase al Pliego 457, de lo es- tura, durante el Año Fiscal 2018, en los ámbitos
tablecido en el artículo 58 de la Ley 28411, Ley jurisdiccionales de los Departamentos de Ancash
General del Sistema Nacional de Presupuesto. y Apurímac; las mismas que se sujetan al presu-
puesto institucional quedando exceptuadas solo
Septuagésima quinta. Créase las unidades del requisito del monto del presupuesto anual
ejecutoras en las direcciones regionales de salud por toda la fuente de financiamiento establecido
a
Diario de los Debates - 20. C sesión (vesPertina) 30-11-2017