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70  Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2017

                  Sexagésima  sétima. Autorízase al Ministe-  financieramente  a  las  referidas  empresas  me-
                  rio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a   diante resolución del titular del Ministerio  de
                  realizar  transferencias  financieras  a  favor  del   Vivienda, Construcción y Saneamiento, la cual
                  “Fondo para el financiamiento de proyectos de   se publica en el diario oficial El Peruano.
                  inversión pública en materia agua, saneamiento
                  y salud”, creado mediante la trigésima segun-  Sexagésima octava.  Autorízase, durante el
                  da  disposición  complementaria  final  de  la  Ley   Año Fiscal 2018, al Ministerio de Economía y Fi-
                  30518,  Ley  de  Presupuesto  del  Sector Público   nanzas, a realizar un aporte de capital a la Corpo-
                  para el Año Fiscal 2017, el cual se denomina-  ración Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE
                  rá “Fondo para el financiamiento de proyectos   por la suma de S/ 167 500 000,00 (CIENTO SE-
                  de inversión  pública e inversiones  en  materia   SENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS
                  de agua y saneamiento”, con cargo a su presu-  MIL Y 00/100  SOLES),  con cargo a su presu-
                  puesto  institucional,  en  las  fuentes  de  finan-  puesto institucional.
                  ciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por
                  Operaciones Oficiales de Crédito, sin demandar   Sexagésima novena. Autorízase, al Ministerio
                  recursos adicionales  al tesoro público, para el   de la Producción a aprobar transferencias finan-
                  financiamiento  de  proyectos  de  inversión  pú-  cieras  a favor  de la Municipalidad  Provincial
                  blica en materia de agua y saneamiento de las   Leoncio Prado, departamento de Huánuco, en el
                  entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos   marco del convenio suscrito, hasta por la suma
                  regionales, los gobiernos locales y las empresas   de  S/  16  296  360,00  (DIECISÉIS  MILLONES
                  prestadoras  de  servicios  de  saneamiento;  así   DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRES-
                  como para el financiamiento de inversiones de   CIENTOS  SESENTA Y 00/100  SOLES) desti-
                  optimización, ampliación marginal, reposición y   nado a financiar la ejecución del saldo de obra
                  de rehabilitación, en materia de agua y sanea-  del  proyecto de inversión  pública “Ampliación
                  miento de las empresas prestadoras de servicios   y Remodelación  del  Mercado  Modelo  de  Tingo
                  de saneamiento.                             María, Provincia de Leoncio Prado – Huánuco”
                                                              con código SNIP 150179.
                  Dichas transferencias  se  aprueban  mediante
                  resolución del titular, la cual se publica en el   La  transferencia  financiera  autorizada  se  rea-
                  diario oficial El Peruano. Asimismo, los recur-  liza  mediante  resolución  del  titular  del  pliego,
                  sos que se transfieren al Fondo en aplicación del   previo  informe  favorable  de  la  oficina  de  pre-
                  presente artículo, se incorporan en los pliegos   supuesto. La resolución  del  titular  del  pliego
                  de las entidades del Gobierno Nacional, gobier-  se  publica  en  el  diario  oficial  El  Peruano.  Los
                  no regional y gobierno local, respectivos, en la   recursos públicos, bajo responsabilidad,  deben
                  fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y   ser destinados solo a los fines para los cuales se
                  Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito,   autorizó su transferencia conforme a la presente
                  según corresponda, mediante decreto supremo   disposición.
                  refrendado  por el ministro  de Economía y Fi-
                  nanzas y el ministro de Vivienda, Construcción   La entidad que recibe la transferencia financiera
                  y Saneamiento, a propuesta de este último. En   en el marco de lo establecido en la presente dis-
                  el caso de pliegos del gobierno regional y gobier-  posición, informa al Ministerio de la Producción
                  no local, el decreto supremo es refrendado por el   los avances físicos y financieros de la ejecución
                  ministro de Economía y Finanzas, el Presidente   de dichos recursos, con relación a su cronogra-
                  del Consejo de Ministros,  y el ministro  de Vi-  ma de ejecución y a las disposiciones contenidas
                  vienda, Construcción y Saneamiento, a propues-  y/o adendas correspondientes.
                  ta de este último.
                                                              La presente disposición entra en vigencia al día
                  Para efectos de la transferencia de recursos del   siguiente de la publicación de la presente ley.
                  “Fondo para el financiamiento de proyectos de
                  inversión  pública e  inversiones  en  materia  de   Septuagésima. Autorízase al Ministerio de la
                  agua y saneamiento”, a favor de las empresas   Producción y al Ministerio de Cultura, durante
                  prestadoras de servicios de saneamiento, tales   el Año Fiscal 2018, a efectuar transferencias fi-
                  recursos son incorporados en el Ministerio  de   nancieras a favor de los pliegos que conforman
                  Vivienda, Construcción y Saneamiento, median-  el sector Producción  y Cultura, según corres-
                  te decreto supremo refrendado por el ministro   ponda, para el financiamiento de intervenciones
                  de Economía y Finanzas y el ministro de Vivien-  prioritarias sectoriales establecida por el titular
                  da, Construcción y Saneamiento, a propuesta de   de cada sector, con cargo a los saldos de balance
                  este último; y son posteriormente transferidos   que incorpore en su presupuesto institucional


                   Diario de los Debates - 20.  C sesión (vesPertina) 30-11-2017
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