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Primera LegisLatura Ordinaria de 2017 - Diario de los Debates     71
                  por la fuente de financiamiento Recursos Direc-  cional de Innovación para la Competitividad y
                  tamente Recaudados.                         Productividad, la ejecución del gasto se registra
                                                              en la Partida de Gasto 2.6.7 Inversiones Intan-
                  Las transferencias financieras autorizadas en el   gibles.
                  párrafo precedente se aprueban mediante reso-
                  lución del titular del pliego, previo informe favo-  iv. De las disposiciones contenidas en los artícu-
                  rable de la oficina de presupuesto o la que haga   los 1 y 2 del Decreto de Urgencia 003-2012 para
                  sus veces en la entidad del Gobierno Nacional   el Programa Nacional contra la Violencia Fami-
                  que transfiere los recursos. La resolución del ti-  liar y Sexual.
                  tular del pliego se publica en el diario oficial El
                  Peruano.                                    v. El proceso de transferencia dispuesto por la
                                                              novena  disposición  complementaria  final  de  la
                  Las entidades  del  Gobierno  Nacional  son res-  Ley 29565, Ley de Creación del Ministerio  de
                  ponsables del monitoreo, seguimiento  y cum-  Cultura.
                  plimiento  de  los  fines  y  metas  para  los  cuales
                  les fueron entregados los recursos. Los recursos   vi. Los artículos 2, 3, 4 y 5 y segunda, tercera y
                  públicos, bajo responsabilidad, deben ser desti-  cuarta disposiciones finales del Decreto de Ur-
                  nados solo a los fines para los cuales se autorizó   gencia 010-2017.
                  su transferencia conforme a la presente dispo-
                  sición.                                     vii. El artículo 14 del Decreto de Urgencia 004-
                                                              2017.
                  El Ministerio de la Producción y el Ministerio
                  de Cultura informan, trimestralmente, a la Co-  viii. El artículo 6 del Decreto de Urgencia 002-
                  misión de Presupuesto y Cuenta General de la   2017.
                  República del Congreso de la República sobre el
                  uso de los recursos a los que se refiere la presen-  ix. El artículo 3, 4 y 6, segunda y tercera dispo-
                  te disposición.                             sición complementaria final del Decreto de Ur-
                                                              gencia 013-2017.
                  Septuagésima primera. La presente ley en-
                  tra en vigencia a partir del 1 de enero de 2018,   x. La septuagésima sétima disposición comple-
                  salvo los artículos 25, 27 y 28, Tercera, Cuar-  mentaria final de la Ley 30518, Ley de Presu-
                  ta, Décima Sexta, Vigésima Primera, Vigésima   puesto del  Sector Público para  el  Año  Fiscal
                  Quinta, Trigésima Sexta, Trigésima  Octava,   2017.
                  Quincuagésima  Tercera, Quincuagésima Octa-
                  va y Sexagésima Novena Disposiciones Comple-  Septuagésima segunda. Autorízase, al Minis-
                  mentarias Finales, y la Primera y Segunda Dis-  terio de la Producción durante el Año Fiscal 2018,
                  posiciones Complementarias  Transitorias  que   para  aprobar  transferencias  financieras  a  favor
                  rigen a partir del día siguiente de su publicación   de organismos internacionales y celebrar conve-
                  en el diario oficial El Peruano.            nios de administración de recursos y/o adendas,
                                                              conforme a lo dispuesto por la Ley 30356, para
                  Asimismo, prorrógase la vigencia, hasta el 31 de   garantizar la continuidad de la ejecución del pro-
                  diciembre de 2018, de:                      yecto de inversión pública “Mejoramiento del
                                                              Servicio de Comercialización del Gran Mercado
                  i.  La Centésima  Vigésima  Cuarta Disposición   de Belén - Iquitos, Provincia de Maynas, Depar-
                  Complementaria Final de la Ley 29951, Ley de   tamento de Loreto”, con código SNIP 317396 que
                  Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-  se viene ejecutando con el Programa de las Nacio-
                  cal 2013.                                   nes Unidas para el Desarrollo (PNUD).

                  ii. De la autorización establecida en los artículos   Las  transferencias  financieras  autorizadas  en
                  31 y 40 de la Ley 30372, Ley de Presupuesto del   la presente disposición se realizan mediante re-
                  Sector Público para el Año Fiscal 2016 y modi-  solución del titular del pliego respectivo, previo
                  ficatorias.                                 informe favorable de la Oficina de Presupuesto o
                                                              la que haga sus veces en dicho pliego. La resolu-
                  iii.  De la  autorización establecida en  la  Quin-  ción del titular del pliego se publica en el diario
                  cuagésima Octava Disposición Complementaria   oficial El Peruano.
                  Final de la Ley 30372, Ley de Presupuesto del
                  Sector  Público para el Año Fiscal 2016, esta-  Los recursos públicos, bajo responsabilidad, de-
                  bleciéndose que para el caso del Programa Na-  ben ser destinados solo a los fines para los cuales


                                                                20.  C sesión (vesPertina) 30-11-2017 - Diario de los Debates
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