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Primera LegisLatura Ordinaria de 2017 - Diario de los Debates 51
asimismo, que los recursos bajo el alcance de la to Legislativo 276 y Decreto Legislativo 728, el
presente disposición no pueden ser utilizados personal contratado bajo el régimen laboral es-
en la Reserva Secundaria de Liquidez (RSL) a pecial del Decreto Legislativo 1057, así como al
que se refiere el literal q) del artículo 6 de la personal que se encuentre bajo el régimen de la
Ley 28693, Ley General del Sistema Nacional Ley del Servicio Civil regulado por la Ley 30057,
de Tesorería. de los gobiernos regionales y/o gobiernos locales,
con el fin de brindar apoyo técnico en la imple-
La incorporación de los créditos presupuestarios mentación de las políticas nacionales y sectoria-
se realiza hasta el 31 de marzo de 2018, median- les y evaluar el cumplimiento de las funciones
te decreto supremo refrendado por el ministro descentralizadas.
de Economía y Finanzas y el ministro del sector
correspondiente, y para el caso de los gobiernos Asimismo, autorízase al Ministerio de Educa-
regionales y gobiernos locales solo con el refren- ción y a los gobiernos regionales, con cargo a su
do del ministro de Economía y Finanzas. presupuesto institucional, a financiar el pago
de pasajes y viáticos de los participantes en los
Lo dispuesto en la presente disposición es apli- concursos, eventos y actividades de formación
cable siempre que dicho financiamiento no haya y capacitación que el Sector Educación organi-
sido considerado en el presupuesto institucio- ce, ejecute, según corresponda, los mismos que
nal del Año Fiscal 2018 por parte del respectivo deberán ser autorizados mediante resolución
pliego, para el mismo proyecto de inversión, pro- del Ministerio de Educación que establezca los
yectos que no se encuentran bajo el ámbito del eventos a realizarse durante el 2018, así como la
Sistema Nacional de Programación Multianual condición y cantidad de participantes por cada
y Gestión de Inversiones, inversiones de optimi- evento.
zación, de ampliación marginal, de reposición y
de rehabilitación, según corresponda. Los viáticos que se otorguen en el marco de lo
establecido en la presente disposición se sujetan
La presente disposición entra en vigencia al día a los montos aprobados para los viáticos por via-
siguiente de la publicación de la presente ley. jes a nivel nacional en comisiones de servicios
mediante Decreto Supremo 007-2013-EF.
Décima sétima. Autorízase al pliego Minis-
terio de Cultura, durante el Año Fiscal 2018, Décima novena. Autorízase a las entidades
para incorporar y utilizar los saldos de balance del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal
del Año Fiscal 2017 provenientes del Progra- 2018, la realización, de manera excepcional, de
ma Qhapaq Ñan, a que se refiere el artículo 1 transferencias financieras para cubrir los cos-
del Decreto Supremo 006-2013-MC, hasta por tos realizados por las entidades públicas con las
el monto de S/ 25 000 000,00 (VEINTICINCO cuales suscriban convenios de colaboración inte-
MILLONES Y 00/100 SOLES), para financiar rinstitucional, en el marco de lo establecido en el
prioritariamente acciones de conservación y Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del
protección del patrimonio arqueológico, históri- Procedimiento Administrativo General, apro-
co, material e inmaterial, y museos; así como, bado por Decreto Supremo 006-2017-JUS, para
fomento al acceso a bienes y servicios culturales los procesos de formación, capacitación, innova-
y al desarrollo de los pueblos indígenas u origi- ción y evaluación en materia educativa, para la
narios y la población afroperuana, en el ámbi- asistencia técnica y el monitoreo de la ejecución
to de las competencias de la Ley 29565, Ley de de proyectos de inversión vinculados a materia
creación del Ministerio de Cultura. educativa, y de capacitación en competencias
básicas y transversales para el empleo.
El Ministerio de Cultura remite semestral-
mente, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Las transferencias financieras autorizadas en el
General de la República del Congreso de la Re- párrafo precedente se aprueban mediante reso-
pública un informe sobre el uso de los recursos lución del titular del pliego, previo informe favo-
autorizados en la presente disposición. rable de la oficina de presupuesto o la que haga
sus veces en la entidad del Gobierno Nacional
Décima octava. Autorízase a las entidades que transfiere los recursos. La resolución del ti-
del Gobierno Nacional, para que en el marco de tular del pliego se publica en el diario oficial El
sus competencias compartidas con los gobiernos Peruano.
regionales y gobiernos locales, puedan pagar
los viáticos y pasajes de los funcionarios y ser- La entidad del Gobierno Nacional es responsa-
vidores contratados bajo el régimen del Decre- ble del monitoreo, seguimiento y cumplimiento
20. C sesión (vesPertina) 30-11-2017 - Diario de los Debates
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