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El señor PRESIDENTE (Mario Mantilla Medina).— Para que termine, congresista Ramírez,
               tiene treinta segundos.


               El  señor  RAMÍREZ  TANDAZO  (FP).—  Mediante  el  Decreto  Supremo  refrendado  por  el
               Ministerio de Economía y Finanzas, y Ministerio de Educación, a propuesta de este último
               para financiar la adquisición de inmobiliario escolar a través de la modalidad de núcleo
               ejecutar, lo cual refiere en el Decreto de Urgencia 058-2011, según las especificaciones
               técnicas otorgadas por el Programa Nacional de Infraestructura Educativa.

               Gracias, señor presidente.


               Dar la interrupción para la congresista Leyla Chihuán.

               El señor PRESIDENTE (Mario Mantilla Medina).— Congresista, ya está usted en tiempo
               adicional, ya no es posible.

               En todo caso, le sugiero a la congresista Leyla que  pida la interrupción a Maritza García,
               que continúa en el rol de oradores.

               Congresista Maritza García, tiene el uso de la palabra.

               La señora GARCÍA JIMÉNEZ (FP).— Le considero a la congresista Chihuán un minuto de
               mi tiempo.

               El  señor  PRESIDENTE  (Mario  Mantilla  Medina).—  Puede  interrumpir  la  congresista
               Chihuán.

               La señora CHIHUÁN RAMOS (FP).— Gracias, congresista.


               Señor Presidente, mediante Decreto Supremo 178-2002-EF se autorizó la realización de
               sorteos de comprobantes de pago a nivel nacional.

               El artículo 2° del Decreto Supremo 308-2015-EF sustituyó los artículos 1° y 2° del Decreto
               Supremo  178-2002-EF  autorizando  a  la  Sunat  para  que  realice  los  sorteos  de
               comprobantes  de  pago  a  nivel  nacional,  de  acuerdo  a  las  bases  que  esta  entidad
               apruebe  mediante  resolución  de  Superintendencia  y  para  que  asuma  el  pago  de  los
               premios vinculados a los sorteos de comprobantes de pago.

               El artículo 5° del Decreto Supremo 163-2003 derogó el artículo 3° del Decreto Supremo
               178  de  2002,  que  señalaba  la  forma  en  que  la  Sunat  realizaría  las  adquisiciones  y
               contrataciones para dar cumplimiento al pago de los premios vinculados a los sorteos de
               comprobantes de pago.

               Que en este sentido resulta necesario regular y establecer la forma en que la Sunat haga
               efectivas  directamente  las  adquisiciones  y  contrataciones  para  el  otorgamiento  de  los
               referidos premios no considerados en efectivo.

               —Reasume la Presidencia el señor Mauricio Mulder Bedoya.

               El señor PRESIDENTE (Mauricio Mulder Bedoya).— Estaba en interrupción, congresista.


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