Page 174 - 2016\Debate-2016\Debate(3)
P. 174

1914   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii

                  OCTOGÉSIMA QUINTA. Autorízase, duran­       La presente disposición entra en vigencia a par­
                  te Año Fiscal 2017, al Ministerio de Salud y a   tir del día siguiente de la publicación de la pre­
                  los pliegos  involucrados  en  la  implementación   sente Ley en el Diario Oficial El Peruano.
                  del Plan Multisectorial para la prevención del
                  embarazo  en  adolescentes  y  modificatorias,  a   OCTOGÉSIMA OCTAVA. Exonérese al Poder
                  realizar transferencias financieras a favor de las   Judicial de las medidas de austeridad en mate­
                  entidades  comprendidas  en  el  ámbito  de  apli­  ria de personal establecidas en el numeral 8.1
                  cación del referido Plan Multisectorial. Dichas   del artículo 8 de la presente Ley para efectuar
                  transferencias financieras se aprueban median­  la contratación de personal jurisdiccional y ad­
                  te resolución del titular del pliego que transfiere   ministrativo necesario para la implementación
                  los recursos, la cual se publica en el diario oficial   de la Ley 30364, para prevenir, sancionar y erra­
                  El Peruano.                                 dicar la violencia contra las mujeres y los inte­
                                                              grantes del grupo familiar. La aplicación de lo
                  Asimismo,  autorízase,  durante  al  Año Fiscal   establecido en el presente artículo se sujeta al
                  2017, a los Gobiernos Locales a realizar trans­  presupuesto institucional de este poder del Es­
                  ferencias financieras para el financiamiento de   tado sin demandar recursos adicionales al teso­
                  actividades de Salud Preventiva  Promocional;   ro público, para lo cual quedan suspendidas las
                  para la prestación de servicios públicos delega­  normas que se opongan o limiten la aplicación
                  dos en el marco de los Programas Presupuesta­  de esta disposición.
                  les “Articulado Nutricional” y “Salud Materno
                  Neonatal”; para la implementación del Padrón   OCTOGÉSIMA NOVENA. Autorízase excep­
                  Nominal distrital de Niños y Niñas menores de   cionalmente  al Ministerio  de Desarrollo  e In­
                  6 años y el funcionamiento de los Centro de Pro­  clusión  Social­MIDIS,  a  otorgar  subvenciones
                  moción y Vigilancia Comunal del Cuidado Inte­  hasta por un monto total de S/ 750 000,00 (SE­
                  gral de la Madre y del Niño.                TECIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 SO­
                                                              LES), con cargo a la fuente de financiamiento
                  OCTOGÉSIMA SEXTA. Autorízase al Minis­      Recursos Ordinarios del Programa Qali Warma,
                  terio  de  Educación  a  realizar  modificaciones   para las siguientes entidades:
                  presupuestarias en el nivel institucional, a favor
                  de la Universidad Nacional Autónoma de Taya­  a) Albergue Angélica del Niño Jesús ubicado en
                  caja “Daniel Hernández Morillo” para la imple­  San Antonio del Estrecho, ciudad a orillas del
                  mentación de dicha universidad, en el marco de   Río Putumayo, provincia de Putumayo, región
                  las disposiciones legales vigentes.         Loreto, hasta  por  un  monto total ascenden­
                                                              te a S/ 400 000,00 (CUATROCIENTOS MIL Y
                  Dichas  modificaciones  presupuestarias  se   00/100 SOLES).
                  aprueban mediante decreto supremo refrenda­
                  do por el  Ministro  de Economía y Finanzas  y   b) Aldea del Niño Beato Junipero Serra ubicado
                  el Ministro de Educación, a propuesta de este   en el distrito de Mazamari, provincia de Satipo,
                  último.                                     región Junín  hasta por un monto total ascen­
                                                              dente  a S/ 350  000,00  (TRESCIENTOS  CIN­
                  OCTOGÉSIMA SÉTIMA.  Establézcase  que       CUENTA MIL Y 00/100 SOLES).
                  las transferencias  de recursos del Gobierno
                  Nacional  a favor de  Gobiernos Regionales  y   Las subvenciones  autorizadas  en  la  presente
                  Gobiernos Locales, a que se refiere el artículo   disposición se aprueban mediante resolución del
                  2 de la Ley 30513, podrán autorizarse hasta el   titular del pliego MIDIS, previo informe favora­
                  20 de diciembre de 2016, debiéndose emitir el   ble de su oficina de Presupuesto o la que haga
                  decreto supremo correspondiente dentro del re­  sus veces. Dicha resolución del titular del pliego
                  ferido plazo. Las propuestas de decreto supre­  se publica en el diario oficial El Peruano.
                  mo correspondientes deben ser presentadas al
                  Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 15   El MIDIS es responsable del monitoreo, segui­
                  de diciembre de 2016; resultando aplicables los   miento, lo que incluye el monitoreo financiero
                  requisitos, procedimientos y condiciones previs­  de los recursos transferidos u otorgados, según
                  tos en el artículo 2 de la Ley 30513.       corresponda  y  del  cumplimiento  de  los  fines  y
                                                              metas para los cuales fueron entregados los re­
                  Asimismo, dispónese que los convenios que de­  cursos públicos. Dichos recursos,  bajo respon­
                  ben suscribir los pliegos en el marco de lo es­  sabilidad  deben  ser  destinados  solo  a  los  fines
                  tablecido en la presente disposición, podrán ser   para los cuales se autorizó su transferencia  u
                  formalizados hasta el 20 de diciembre de 2016.  otorgamiento, según corresponda, conforme a la


                   Diario de los Debates - 20  B sesión (matinaL) 28-11-2016
                                     a
   169   170   171   172   173   174   175   176   177   178   179