Page 173 - 2016\Debate-2016\Debate(3)
P. 173

Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii - Diario de los Debates     1913
                  Declárase de necesidad pública e interés na­  La presente disposición entra en vigencia al día
                  cional la implementación del centro de inves­  siguiente de la publicación de la presente Ley.
                  tigación  científica  del  Proyecto  Especial  Lago
                  Titicaca de la Región Puno.                 OCTOGÉSIMA TERCERA. Prorrógase hasta
                                                              el 30 de abril del 2018 el encargo efectuado en
                  Declárase de necesidad pública y preferente in­  la septuagésima sexta disposición complemen­
                  terés nacional el fortalecimiento de la capacidad   taria final de la Ley 30114, Ley de Presupuesto
                  resolutiva  de los servicios  de salud del  Hospi­  del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
                  tal Santiago Apóstol de Utcubamba, ubicado en
                  la provincia de Utcubamba,  departamento de   OCTOGÉSIMA CUARTA.  Dispóngase  que
                  Amazonas, con la finalidad de mejorar los servi­  para la emisión del decreto supremo a que hace
                  cios de salud que beneficien a la población de la   referencia el último párrafo del artículo 52 de
                  región Amazonas.                            la Ley 30057, Ley del Servicio Civil para el caso
                                                              de los Magistrados del Tribunal Constitucional,
                  OCTOGÉSIMA SEGUNDA. Exonérase  al           se exonera de lo establecido de los artículos 6 y
                  pliego 028 de lo dispuesto en el artículo 6 de la   9, así  como  de  la  vigésima  tercera  disposición
                  presente Ley a efectos de implementar el Acuer­  complementaria  final  de  la  presente  Ley,  y  de
                  do 106­2015­2016/MESA­CR de Mesa Directiva   las prohibiciones contenidas en la Ley 28212 y
                  del Congreso de la República, en el año 2017.   sus modificatorias. Dicha escala se aplicará de
                  Lo establecido en la presente disposición se fi­  manera inmediata y será considerada en el cua­
                  nancia con cargo al presupuesto institucional   dro de puestos de la entidad al momento de su
                  del Congreso de la República. Además de encon­  aprobación.
                  trarse exonerado del artículo 9 de la presente
                  Ley del artículo 2 del Decreto de Urgencia 038­  Autorízase, al Tribunal Constitucional a la con­
                  2006.                                       tratación de profesionales altamente calificados

                  Asimismo, autorízase al pliego 028 la continui­  para ocupar puestos directivos y de asesores es­
                                                              pecializados en dicha entidad, bajo los principios
                  dad de proyectos de inversión en el año 2017,   de mérito y transparencia. La contratación del
                  para lo cual se autoriza al Poder Ejecutivo para   referido personal se sujetará a las condiciones y
                  incorporar  los  créditos presupuestarios  de  la
                  fuente  de  financiamiento  Recursos  Ordinarios   procedimientos aprobados mediante decreto su­
                  asignados en el Año Fiscal 2016 no devengados   premo del Ministerio de Economía y Finanzas,
                  al 31 de diciembre del mismo año, al pliego en   a propuesta del Tribunal Constitucional, dicho
                  mención para ejecutar los referidos proyectos de   decreto supremo deberá contener los perfiles y
                  inversión. La incorporación se realiza hasta el   requerimientos de los profesionales que se re­
                  31 de marzo de 2017, mediante Decreto Supre­  quieren contar, las metas y/o logros que se pre­
                  mo refrendado por el Ministro de Economía y   tenden alcanzar y los procedimientos para su
                  Finanzas. Para ello, exceptúase de lo dispuesto   contratación. La contratación de los profesiona­
                  en el artículo 12 de la Ley 30099, Ley de Fortale­  les en el marco de la presente disposición se en­
                  cimiento de la Responsabilidad y Transparencia   cuentra exceptuada del monto máximo estable­
                  Fiscal, y sus modificatorias. Para tal efecto, el   cido en la Ley 28212 y modificatorias así como
                  pliego 028 deberá remitir a la Dirección General   de los artículos 6 y 9 de la presente Ley. El gasto
                  de Presupuesto Público del Ministerio de Eco­  que ocasione la aplicación de la presente dispo­
                  nomía y Finanzas su solicitud de incorporación   sición será financiado con cargo al presupuesto
                  de recursos suscrita por su titular con el informe   institucional del Tribunal Constitucional, sin
                  favorable del Jefe de la Oficina de Presupuesto o   generar gastos al Tesoro Público. El Ministerio
                  el que haga sus veces.                      de Economía y Finanzas dictará las disposicio­
                                                              nes reglamentarias adicionales que resulten ne­
                  Autorízase  al  pliego  028  la  ejecución de pro­  cesarias para la implementación de la presente
                  yectos  para sedes legislativas  o administrati­  disposición, incluyendo los requisitos mínimos
                  vas, equipamiento,  mobiliario  y software, ex­  que deben cumplir los profesionales altamente
                  ceptuándose de la  aplicación  de la  Ley 30225,   calificados.  Asimismo,  dicho  personal  deberá
                  Ley 28296, Ley 27293, Ley 29090, Ley 27157,   registrarse en el Aplicativo Informático para el
                  Ley 27333,  artículo 53  del  Decreto Supremo   Registro Centralizado de Planillas y de Datos
                  035­2006­VIVIENDA, Decreto Supremo  002­    de los Recursos Humanos del Sector Público­
                  89­JUS, Resolución 097­2013­SUNARP­SN,      Aplicativo Informativo de la Dirección General
                  normas reglamentarias, complementarias, mo­  de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio
                  dificatorias y conexas.                     de Economía y Finanzas.


                                                                  20  B sesión (matinaL) 28-11-2016 - Diario de los Debates
                                                                    a
   168   169   170   171   172   173   174   175   176   177   178