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Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii - Diario de los Debates 1913
Declárase de necesidad pública e interés na La presente disposición entra en vigencia al día
cional la implementación del centro de inves siguiente de la publicación de la presente Ley.
tigación científica del Proyecto Especial Lago
Titicaca de la Región Puno. OCTOGÉSIMA TERCERA. Prorrógase hasta
el 30 de abril del 2018 el encargo efectuado en
Declárase de necesidad pública y preferente in la septuagésima sexta disposición complemen
terés nacional el fortalecimiento de la capacidad taria final de la Ley 30114, Ley de Presupuesto
resolutiva de los servicios de salud del Hospi del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
tal Santiago Apóstol de Utcubamba, ubicado en
la provincia de Utcubamba, departamento de OCTOGÉSIMA CUARTA. Dispóngase que
Amazonas, con la finalidad de mejorar los servi para la emisión del decreto supremo a que hace
cios de salud que beneficien a la población de la referencia el último párrafo del artículo 52 de
región Amazonas. la Ley 30057, Ley del Servicio Civil para el caso
de los Magistrados del Tribunal Constitucional,
OCTOGÉSIMA SEGUNDA. Exonérase al se exonera de lo establecido de los artículos 6 y
pliego 028 de lo dispuesto en el artículo 6 de la 9, así como de la vigésima tercera disposición
presente Ley a efectos de implementar el Acuer complementaria final de la presente Ley, y de
do 10620152016/MESACR de Mesa Directiva las prohibiciones contenidas en la Ley 28212 y
del Congreso de la República, en el año 2017. sus modificatorias. Dicha escala se aplicará de
Lo establecido en la presente disposición se fi manera inmediata y será considerada en el cua
nancia con cargo al presupuesto institucional dro de puestos de la entidad al momento de su
del Congreso de la República. Además de encon aprobación.
trarse exonerado del artículo 9 de la presente
Ley del artículo 2 del Decreto de Urgencia 038 Autorízase, al Tribunal Constitucional a la con
2006. tratación de profesionales altamente calificados
Asimismo, autorízase al pliego 028 la continui para ocupar puestos directivos y de asesores es
pecializados en dicha entidad, bajo los principios
dad de proyectos de inversión en el año 2017, de mérito y transparencia. La contratación del
para lo cual se autoriza al Poder Ejecutivo para referido personal se sujetará a las condiciones y
incorporar los créditos presupuestarios de la
fuente de financiamiento Recursos Ordinarios procedimientos aprobados mediante decreto su
asignados en el Año Fiscal 2016 no devengados premo del Ministerio de Economía y Finanzas,
al 31 de diciembre del mismo año, al pliego en a propuesta del Tribunal Constitucional, dicho
mención para ejecutar los referidos proyectos de decreto supremo deberá contener los perfiles y
inversión. La incorporación se realiza hasta el requerimientos de los profesionales que se re
31 de marzo de 2017, mediante Decreto Supre quieren contar, las metas y/o logros que se pre
mo refrendado por el Ministro de Economía y tenden alcanzar y los procedimientos para su
Finanzas. Para ello, exceptúase de lo dispuesto contratación. La contratación de los profesiona
en el artículo 12 de la Ley 30099, Ley de Fortale les en el marco de la presente disposición se en
cimiento de la Responsabilidad y Transparencia cuentra exceptuada del monto máximo estable
Fiscal, y sus modificatorias. Para tal efecto, el cido en la Ley 28212 y modificatorias así como
pliego 028 deberá remitir a la Dirección General de los artículos 6 y 9 de la presente Ley. El gasto
de Presupuesto Público del Ministerio de Eco que ocasione la aplicación de la presente dispo
nomía y Finanzas su solicitud de incorporación sición será financiado con cargo al presupuesto
de recursos suscrita por su titular con el informe institucional del Tribunal Constitucional, sin
favorable del Jefe de la Oficina de Presupuesto o generar gastos al Tesoro Público. El Ministerio
el que haga sus veces. de Economía y Finanzas dictará las disposicio
nes reglamentarias adicionales que resulten ne
Autorízase al pliego 028 la ejecución de pro cesarias para la implementación de la presente
yectos para sedes legislativas o administrati disposición, incluyendo los requisitos mínimos
vas, equipamiento, mobiliario y software, ex que deben cumplir los profesionales altamente
ceptuándose de la aplicación de la Ley 30225, calificados. Asimismo, dicho personal deberá
Ley 28296, Ley 27293, Ley 29090, Ley 27157, registrarse en el Aplicativo Informático para el
Ley 27333, artículo 53 del Decreto Supremo Registro Centralizado de Planillas y de Datos
0352006VIVIENDA, Decreto Supremo 002 de los Recursos Humanos del Sector Público
89JUS, Resolución 0972013SUNARPSN, Aplicativo Informativo de la Dirección General
normas reglamentarias, complementarias, mo de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio
dificatorias y conexas. de Economía y Finanzas.
20 B sesión (matinaL) 28-11-2016 - Diario de los Debates
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