Page 112 - 2016\Debate-2016\Debate(3)
P. 112
1852 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii
to y Tesoro Público, dando cuenta a la Comisión Para el Año Fiscal 2017, el monto máximo de sal
de Presupuesto y Cuenta General de la Repúbli do adeudado al 31 de diciembre de 2017, por la
ca del Congreso de la República, está autorizado emisión de las letras del Tesoro Público, no pue
a efectuar reasignaciones entre los montos de de ser mayor a la suma de S/ 3 000 000 000,00
endeudamiento previstos en los literales a) de (TRES MIL MILLONES Y 00/100 SOLES).
los numerales 4.1 y 4.2, así como reasignacio
nes entre los montos previstos en los literales b) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
de los numerales 4.1 y 4.2, sin exceder la suma FINALES
total del monto máximo establecido por la pre
sente Ley para el endeudamiento externo y el PRIMERA. De las personas que incumplen
endeudamiento interno. sus obligaciones
CAPÍTULO IV Las empresas y sus accionistas a los cuales el
Estado garantizó para que obtengan recursos
ENDEUDAMIENTO DE LOS GOBIER del exterior que, por el incumplimiento de di
NOS REGIONALES Y GOBIERNOS LO chas obligaciones, se han convertido en deuda
CALES pública no pueden ser postores, contratistas o
participar en acciones de promoción de la inver
Artículo 5. Calificación crediticia sión que realiza el Estado hasta que culminen de
honrar su deuda con este.
La calificación crediticia favorable a que se refie
re el artículo 50 de la Ley General se requiere SEGUNDA. Suscripción de acciones rea
cuando el monto de las concertaciones, indivi signadas en la CII
duales o acumuladas, del respectivo gobierno
regional o gobierno local, con o sin garantía del Apruébase la propuesta de reasignación de ac
Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2017, ciones remanentes de la Corporación Interame
supere el equivalente a la suma de S/ 15 000 ricana de Inversiones (CII), en los términos de la
000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 SOLES). propuesta aprobada por el Directorio Ejecutivo
el 1 de diciembre de 2015, derivadas del aumen
CAPÍTULO V to de capital efectuado conforme a la Resolución
Conjunta AG9/15 y CII/AG2/15, del BID y la
GARANTÍAS DEL GOBIERNO NACIO IFC, titulada: “Realizando la Visión Renovada:
NAL EN EL MARCO DE LOS PROCESOS Propuesta Organizacional y de Capitalización
DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN para la Fusión hacia Afuera del Sector Privado
PRIVADA Y CONCESIONES del Grupo del BID”, y que fue aprobado median
te la Segunda Disposición Complementaria Fi
Artículo 6. Monto máximo nal de la Ley 30374, Ley de Endeudamiento del
Sector Público para el Año Fiscal 2016.
Autorízase al Gobierno Nacional para otorgar
o contratar garantías para respaldar las obliga En el marco de dicho proceso de reasignación
ciones derivadas de los procesos de promoción de acciones, la República del Perú suscribe y
de la inversión privada y concesiones hasta por paga 716 (setecientos dieciséis) acciones por
un monto que no exceda de US$ 898 920 000,00 un valor de US$ 11 583 877,60 (ONCE MI
(OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLO LLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES
NES NOVECIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE Y
DÓLARES AMERICANOS) más el impuesto 60/100 DÓLARES AMERICANOS).
general a las ventas (IGV), o su equivalente en
moneda nacional, en concordancia con lo que es La citada suscripción de acciones es cancelada
tablece el numeral 22.3 del artículo 22 y el nu hasta en 7 (siete) cuotas, a más tardar los 31 de
meral 54.5 del artículo 54 de la Ley General. octubre de cada año desde el año 2017 hasta el
año 2022.
CAPÍTULO VI
TERCERA. Suscripción de acciones en la
EMISIÓN DE LETRAS DEL TESORO PÚ CAF
BLICO
Apruébase la suscripción, por parte de la Re
Artículo 7. Emisión de letras del Tesoro pública del Perú, de 40 285 (cuarenta mil dos
Público cientos ochenta y cinco) acciones Serie “B” del
Diario de los Debates - 20 B sesión (matinaL) 28-11-2016
a