Page 69 - 2016\Debate-2016\Debate(1)
P. 69
Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii - Diario de los Debates 1485
Escucho que se están repitiendo muchos de los legislativo no fue declarado inconstitucional ni en
argumentos que se dieron en la Comisión de Tra- el Tribunal ni en la Comisión de Constitución del
bajo, en donde tuve la oportunidad de señalar los Congreso. Lo digo para los que necesitan saber
peligros que tenía este proyecto de ley en cuanto de este antecedente.
a que podría constituirse en una suerte de efecto
espejo, es decir, replicarse en otras organizaciones Quisiera decirle al presidente de la Comisión,
del Estado. También se manifestó, en nombre que ha planteado el texto, que voy a hacer una
de mi bancada, que nadie está en contra de los precisión de forma, porque, tal y conforme está
derechos que pueda tener algún trabajador de redactado, se puede entender mal. Dice el artículo
EsSalud para incorporarse a una planilla estable; 1, sobre el Objeto de la ley: El objeto de la pre-
eso no estaba en duda. Lo que estaba en duda sente Ley es la incorporación al Seguro Social de
era la factibilidad económica de lo que significa- Salud –EsSalud. O sea, vamos a incorporar ¿qué?,
ba incorporar a trabajadores del régimen CAS, ¿a la cobertura de la prestación de EsSalud? No.
que fue creado durante la gestión del presidente
Alan García, para constituir una solución a las Hay que precisar ahí que el objeto de la presente
necesidades administrativas de EsSalud. ley es incorporar al régimen laboral del Decreto
Legislativo 728 a los trabajadores que prestan
Hoy está en cuestión la responsabilidad de este servicios en EsSalud, ya que no existe el Seguro
Congreso para lo que puede significar la incorpo- Social; así que, ¿por qué ponerlo?
ración sucesiva de miles de trabajadores sin que
existan los recursos presupuestales suficientes. Con relación a este artículo 1, que es el marco,
Se quedó en que a partir de un apoyo al dictamen el gorro del desarrollo de esta norma, es que yo
del Congreso, luego de invocar a esta Representa- estoy de acuerdo con que pasen los trabajadores
ción que de manera más profunda, con un mayor que tienen dos años; y yo quiero rebatir el argu-
criterio reflexivo... mento de buena fe que ha dado el congresista
Olaechea. Pero si dice que los recursos de la Se-
La señora PRESIDENTA (Luz Salgado Ru guridad Social son intangibles, entonces ¿quién
bianes).— Gracias, congresista. mandó a contratar 11 mil 928 trabajadores bajo
el régimen CAS?
Congresista Velásquez Quesquén, puede conti-
nuar. Acá lo que sucede es que siempre el Estado ha dado
el mal ejemplo. O sea, queremos disfrazar una
El señor VELÁSQUEZ QUES función social que es el trabajo, cuya naturaleza
QUÉN (PAP).—Presidenta: Este es la dependencia; en todo puesto de trabajo se
dictamen, que ha sido suscrito por el busca que la función sea permanente, que haya
colega de nuestra bancada Mauricio un trabajo permanente; y para que no sea per-
Mulder, va en la línea correcta. Pero manente se buscan estas salidas. Anteriormente
antes de hacer algunas precisiones era el Código Civil; luego, el Decreto Legislativo
de carácter formal y de fondo, es 1057, que en el tiempo se va a ir extinguiendo,
bueno siempre ver el antecedente histórico; porque la decisión que va a tomar el Parlamento
porque aquí, a veces, se puede decir irrespon- se va a tener que extender a los sectores.
sablemente: ‘¡Ah!, porque se dio este régimen
laboral sin ningún beneficio’. Sí tenía beneficios. La señora PRESIDENTA (Luz Salgado Ru
bianes).— Tiene tiempo adicional, congresista.
No hay que olvidar que cuando se dio el Decreto
Legislativo 1057, el Perú estaba ad portas de El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (PAP).—
sentir los graves efectos de la crisis financiera Pero yo quisiera decir que el objeto de la Ley en
internacional de 2009, que no lo promovió el país, el artículo 1 tiene que ser incorporar al personal
sino que se dio en el mundo entero. Y había que médico, al personal paramédico, al personal ad-
pasar de ese perverso régimen de los servicios ministrativo y de servicios.
no personales, vinculados al Código Civil, en
que sí, verdaderamente, se realizaban labores Quiero, además, sugerir que en este artículo del
de naturaleza permanente y los trabajadores objeto de la ley se diga que esta ley no alcanza a
recibían pagos por recibos; y se fue a un régimen aquellos que han sido contratados bajo la moda-
intermedio, a través de este decreto legislativo lidad CAS, a aquellos que han sido contratados
que se dio en función de facultades delegadas. para cargos de confianza; porque, tal y conforme
Hubo un sector de parlamentarios que planteó está redactada la propuesta, los asesores, los
una acción de inconstitucionalidad; y el decreto funcionarios de confianza que están contratados
20. sesión (matinaL) 24-11-2016 - Diario de los Debates
a