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contratación de los servicios de supervisión de los contratos de concesión sobre servicios
de saneamiento.
17. La disposición que modifica la trigésima cuarta disposición complementaria final de la
presenta ley, a efectos de precisar que los núcleos ejecutores a través de los cuales el
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento realiza sus intervenciones, gozarán de
capacidad jurídica y se sujetarán a las normas que regulan las actividades del ámbito del
sector privado y al Decreto Supremo 015-2014-VIVIENDA.
18. La disposición que modifica el artículo 24 del proyecto de ley, a fin de precisar el
monto que el Ministerio de Educación transferirá al Sunedu para la implementación y
financiamiento de dicho pliego.
19. La disposición que modifica el artículo 30 del proyecto de ley, a efectos de precisar el
monto que la Superintendencia Nacional de Salud transferirá al INEI para que realice el
estudio de percepción de los usuarios de consulta externa.
20. La disposición que modifica la décimo cuarta disposición complementaria final del
presente proyecto, con la finalidad de establecer que se podrán suscribir convenios de
administración de recursos para la elaboración de los Informes Anuales de Monitoreo de
Cultivos de Coca, así como para obtener asistencia técnica en temas especializados de
drogas, que servirán para el apoyo de las funciones a cargo de Devida.
21. La disposición que modifica la vigésima segunda disposición complementaria final, a
fin de incluir los literales f) y g), que autorizan al Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento a ejecutar y financiar instalaciones de uso múltiple para el desarrollo de
actividades físicas y recreativas y mercados rurales en el ámbito de los tambos, así como
suscribir convenios de asistencia técnica con organismos internacionales.
22. La disposición que declara de interés nacional el mejoramiento y construcción de
instalaciones portuarias y aeronavales en la zona del Callao, y autoriza al Ministerio de
Transportes y Comunicaciones a transferir recursos al Ministerio de Defensa para financiar
los estudios y la ejecución de proyectos destinados al mejoramiento de las citadas
instalaciones. Asimismo, se señala que dicha transferencia se realizará siempre que el
Ministerio de Defensa, a través de la Marina de Guerra del Perú, transfiera al Ministerio
de Transportes y Comunicaciones los predios que permitan contar con mayor
disponibilidad de áreas para la ejecución de obras de la Línea 2 del Sistema Eléctrico de
Transporte Masivo de Lima y callao.
23. La disposición que autoriza al Programa Nacional de Innovación para la
Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción a efectuar operaciones de
cofinanciamiento, otorgar subvenciones y ejecutar proyectos que dinamicen el mercado
de la innovación productiva, entre otros, con cargo a los recurso de dicho programa.
24. La disposición que modifica el literal e) de la vigésima segunda disposición
complementaria final, con el fin de declarar de interés nacional la ejecución del Gran
Acuario Nacional a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y saneamiento, en el
marco del Programa Nuestras Ciudades.
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