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1620   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2011 - tOmO ii

                  recursos ordinarios, a propuesta del titular del   El Ministerio de Economía y Finanzas deposita,
                  pliego, para el caso de los recursos provenientes   dentro de los quince días siguientes de vencido el
                  de los procesos de concesión y del Fedadoi, en   Año Fiscal 2012, la diferencia entre los ingresos
                  este último caso, la propuesta es realizada por   anuales y los gastos devengados de los recursos
                  el Ministerio de Justicia.                  propios del Tribunal Fiscal, en la cuenta principal
                                                              del Tesoro Público, bajo responsabilidad.
                  c)  Mediante decreto supremo refrendado por el
                  Ministro de Economía y Finanzas y el ministro   SEGUNDA.  Para el Año Fiscal 2012, consti­
                  del sector respectivo, los mayores ingresos re­  tuyen recursos propios de la Superintendencia
                  caudados y los no utilizados en años anteriores,   Nacional de Administración Tributaria (Sunat)
                  producto de la aplicación de la Ley 27889, Ley que   los siguientes:
                  Crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para
                  la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional,   a)  El 1,5% de todos los tributos y aranceles co­
                  a favor de los pliegos Comisión de Promoción   rrespondientes a las importaciones que recaude o
                  para la Exportación y el Turismo y Ministerio   administre la Sunat, cuya recaudación sea ingreso
                  de Comercio Exterior y Turismo.             del Tesoro Público.
                  d)  Mediante Decreto Supremo el Ministerio de   b)  El 1,6% de todos los tributos que recaude o
                  Economía y Finanzas incorpora en su presu­  administre la Sunat, excepto los aranceles y el im­
                  puesto los saldos de los recursos provenientes   puesto a las transacciones financieras, con cargo a
                  de la aplicación de los convenios PL­480, para el   resultados y ampliación de base impositiva fijados
                  financiamiento y administración de los proyectos   por el Ministerio de Economía y Finanzas.
                  a cargo de la Unidad Especial PL­480.
                                                              c)  Ingresos generados por los servicios que presta
                  Artículo 7. Los gastos tributarios          y las publicaciones que realice.

                  Los gastos tributarios ascienden a la suma de S/.   d)  Los  legados,  donaciones,  transferencias  y
                  7 584 000 000,00 (SIETE MIL QUINIENTOS      otros provenientes de cooperación internacional
                  OCHENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100          previamente aceptados.
                  NUEVOS SOLES), monto a que se refiere el
                  Marco Macroeconómico Multianual 2012­2014.  e)  El 10% del producto de los remates que rea­
                                                              lice.
                   DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
                                  FINALES                     f)  El 0,2% de lo que se recaude respecto de los
                                                              tributos cuya administración se le encargue y que
                  PRIMERA. Para el Año Fiscal 2012, los recursos   no constituyen rentas del Tesoro Público.
                  propios del Tribunal Fiscal a que se refiere el
                  artículo 1 del Decreto de Urgencia 112­2000 son   g)  Otros aportes de carácter público o privado.
                  los siguientes:
                                                              h)  La renta generada por los depósitos de sus
                  a)  El 2,3% del monto total que percibe la Su­  ingresos propios en el sistema financiero.
                  perintendencia  Nacional  de  Administración
                  Tributaria (Sunat), proveniente del porcentaje   La Sunat deposita en la cuenta principal del Te­
                  de todos los tributos que recaude o administre,   soro Público, dentro de los quince días siguientes
                  excepto los aranceles, en aplicación del literal b)   de vencido el Año Fiscal 2012, la diferencia entre
                  de la presente disposición.                 sus ingresos anuales y los gastos devengados en
                                                              el mismo período, bajo responsabilidad.
                  b)  El 1,2% del monto total que percibe la Superin­
                  tendencia Nacional de Administración Tributaria   TERCERA. La reserva de contingencia incluye
                  (Sunat), proveniente del porcentaje de todos los   hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA
                  tributos y aranceles correspondientes a las impor­  MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor
                  taciones que recaude o administre, cuya recauda­  del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci),
                  ción sea ingreso del Tesoro Público, en aplicación   para destinarla a las acciones que realice durante
                  del literal a). El depósito se hace efectivo en la   el Año Fiscal 2012, a fin de brindar una respuesta
                  misma oportunidad en que la Superintendencia   oportuna ante desastres de gran magnitud, que
                  Nacional de Administración Tributaria (Sunat)   permita mitigar los efectos dañinos por el inmi­
                  capta sus recursos propios, mediante la transfe­  nente impacto de un fenómeno natural o antrópico
                  rencia a la cuenta correspondiente.         declarado, determinado por el organismo público


                                      a
                   Diario de los Debates - 18.   a sesión (matinaL) 24-11-2011
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