Page 34 - 2009\Debate-2009\Debate(3)
P. 34

1846   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2009 - tOmO iii

                  CE, debiendo realizarse la citada incorporación   QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SO-
                  hasta el 28 de febrero del año 2010.        LES (S/. 15 000 000,00) de la Reserva de Contin-
                                                              gencia destinados a la Unidad Ejecutora Proyecto
                  b) Que los recursos que se hayan transferido a   Especial Chira Piura, del Pliego Gobierno Regio-
                  las empresas públicas por aplicación del segun-  nal del Departamento de Piura, para invertirlos
                  do párrafo de la quinta disposición final de la   en la ejecución del proyecto ‘Protección del Cuen-
                  Ley N.° 29289, modificada por el Decreto de Ur-  co Amortiguador de la Presa de Poechos’, con có-
                  gencia N.° 035-2009, generen saldo de balance al   digo SNIP N.° 81638, de la III Etapa del Proyec-
                  31 de diciembre de 2009, los mismos que debe-  to Chira Piura.
                  rán ser incorporados en el Año Fiscal 2010, pa-
                  ra la continuación de la ejecución de los proyec-  Cuadragésima Sétima.— Prorrógase el proce-
                  tos de inversión pública para los cuales fueron   so de transferencia dispuesto por el Decreto Su-
                  autorizados.                                premo N.° 036-2007-PCM, con relación al Progra-
                                                              ma Integral de Nutrición (PIN) y los programas
                  El decreto supremo a que hace referencia el pri-  y servicios de protección social, del Ministerio
                  mer párrafo de la presente norma contendrá el   de la Mujer y Desarrollo Social a las municipa-
                  detalle de los proyectos de inversión pública que   lidades correspondientes hasta el 31 de diciem-
                  serán ejecutados con cargo a los recursos auto-  bre de 2010.
                  rizados.
                                                              Cuadragésima Octava.— Corresponde al Con-
                  Los recursos antes indicados están exceptuados   greso de la República, conforme al artículo 94.° de
                  de lo establecido en el artículo 7.°, numeral 7.1,   la Constitución Política del Perú y los pertinentes
                  literal a) del Texto Único Ordenado de la Ley N.°   de su Reglamento, normar los aspectos referidos
                  27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia   en el artículo 60.° de la Ley N.° 28411, Ley Gene-
                  Fiscal, aprobado por el Decreto Supremo N.° 066-  ral del Sistema Nacional de Presupuesto.
                  2009-EF y modificatorias.
                                                              Asimismo, autorízase al Pliego 028 la ejecución
                  Cuadragésima Cuarta.— Establécese que lo    de proyectos para sedes legislativas o administra-
                  dispuesto en el artículo 42.° de la Ley N.° 28411   tivas, incluyendo el equipamiento tecnológico y
                  es aplicable para la incorporación de los Recur-  mobiliario de aquellas, exceptuándose de la apli-
                  sos Directamente Recaudados del Ministerio de   cación del Decreto Legislativo N.° 1017, la Ley
                  la Producción en los organismos públicos del sec-  N.° 28296, la Ley N.° 27293, el artículo 53.° del
                  tor, en el marco de lo dispuesto por el artículo   Decreto Supremo N.° 035-2006-VIVIENDA, nor-
                  17.° del Decreto Ley N.° 25977 y el artículo 27.°   mas reglamentarias, complementarias, modifica-
                  de su Reglamento, aprobado por Decreto Supre-  torias y conexas.
                  mo N.° 012-2001-PE, concordado con el Decreto
                  Supremo N.° 002-2008-PRODUCE.               Cuadragésima Novena.— Créase la Unidad
                                                              Ejecutora INSTITUTOS SUPERIORES DE
                  Cuadragésima Quinta.— Establécese que lo    EDUCACIÓN PÚBLICA REGIONAL DE PIU-
                  dispuesto en la segunda disposición complemen-  RA, con sede en el Instituto Superior Tecnológi-
                  taria del Reglamento del Sistema Nacional de In-  co ‘Luciano Castillo Colonna’ en la provincia de
                  versión Pública, aprobado por Decreto Supremo   Talara, la cual tiene a su cargo los Recursos Di-
                  N.° 102-2007-EF, y modificatorias, así como en el   rectamente Recaudados dispuestos en el artícu-
                  artículo 2.° del Decreto Supremo N.° 038-2009-  lo 2.°, literal c), de la Ley N.° 27763, Ley Comple-
                  EF, sea aplicable para los proyectos de inversión   mentaria de Legislación del Canon y Sobrecanon
                  pública de las entidades del Gobierno Nacional y   para Petróleo y Gas en Piura y Tumbes.
                  de los gobiernos regionales cuya ejecución se ha-
                  ya iniciado antes del 22 de diciembre de 2000, y   El Gobierno Regional de Piura transfiere inme-
                  cuyo período de ejecución proyectado culmine en   diatamente a la unidad ejecutora creada el to-
                  el Año Fiscal 2011 o en adelante, salvo que haya   tal de recursos públicos destinados para la nor-
                  sido considerado en un convenio internacional de   ma señalada.
                  financiamiento, en cuyo caso la declaratoria de
                  viabilidad del Sistema Nacional de Inversión Pú-  La unidad ejecutora es jefaturada por el Direc-
                  blica será exigible si el proyecto es objeto de mo-  tor del Instituto Superior Tecnológico ‘Luciano
                  dificaciones no previstas en el convenio.   Castillo Colonna’ y puede solicitar al Ministe-
                                                              rio de Educación la formulación y viabilidad de
                  Cuadragésima Sexta.— Autorízase al Minis-   los proyectos de inversión pública que crea con-
                  terio de Economía y Finanzas a transferir hasta   venientes.


                                      a
                   Diario de los Debates - 15.   B sesión (matinaL) 27-11-2009
   29   30   31   32   33   34   35   36   37   38   39