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1826   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2009 - tOmO iii

                  yendo Perú’, Instituto Nacional de Radio y Te-  de enero y cuyo monto asciende hasta la suma de
                  levisión del Perú (IRTP), Programa Nacional de   CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES
                  Asistencia Alimentaria (Pronaa), Programa In-  (S/. 400,00).
                  tegral Nacional para el Bienestar Familiar (Ina-
                  bif), Programa Nacional Fondo de Cooperación   7.2 Las entidades públicas que cuenten con per-
                  para el Desarrollo Social (Foncodes) y Adminis-  sonal sujeto al régimen laboral de la actividad
                  tración Central del Pliego 039, previa autoriza-  privada que por disposición legal vienen entre-
                  ción de la Dirección Nacional del Presupuesto   gando montos distintos a los señalados en los li-
                  Público del Ministerio de Economía y Finanzas,   terales a) y b) del párrafo 7.1 continuarán otor-
                  bajo responsabilidad.                       gándolos durante el Año Fiscal 2010.
                  Exonérase del párrafo 6.1 al Centro Nacional de   Artículo 8.°.— Otorgamiento de asignacio-
                  Planeamiento Estratégico (Ceplán) para el pago   nes para el Año Fiscal 2010
                  de dietas a los miembros del Consejo Directivo,
                  con excepción del Presidente del Consejo, y a los   8.1 Otórgase las siguientes asignaciones a par-
                  vocales del Tribunal del Servicio Civil.    tir del Año Fiscal 2010 que a continuación se de-
                                                              tallan:
                  6.2 La prohibición incluye el incremento de re-
                  muneraciones que pudieran efectuarse dentro   a) CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100,00)
                  del rango o tope fijado para cada cargo en las es-  a favor del personal militar y policial en activi-
                  calas remunerativas respectivas.            dad y pensionistas, los cuales serán otorgados en
                                                              dos tramos de CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS
                  6.3 Las excepciones, por única vez, al párrafo 6.1   SOLES (S/. 50,00) cada uno, a partir de los me-
                  se aprueban conforme a la normatividad vigen-  ses de abril y agosto de 2010.
                  te, con sujeción al Marco Macroeconómico Mul-
                  tianual y con cargo al presupuesto institucional   b) CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100,00)
                  del pliego respectivo, sin demandar recursos adi-  por concepto de incentivos laborales a través de
                  cionales al Tesoro Público y sin afectar las metas   los Comités de Administración de los Fondos de
                  y objetivos de la entidad, previo informe favora-  Asistencia y Estímulo (CAFAE), al personal ad-
                  ble del Ministerio de Economía y Finanzas.  ministrativo de los centros educativos de educa-
                                                              ción básica regular, básica alternativa y básica
                  Artículo 7.°.— De los aguinaldos, gratifica-  especial, y las universidades públicas, que a la fe-
                  ciones y escolaridad                        cha de entrada en vigencia de la presente norma
                                                              no perciben tal concepto u otro de naturaleza si-
                  7.1 Los funcionarios y servidores nombrados y   milar. Su otorgamiento se efectúa en dos tramos
                  contratados bajo el régimen del Decreto Legis-  de CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
                  lativo N.° 276; obreros permanentes y eventua-  50,00) cada uno, a partir de los meses de abril y
                  les del Sector Público; el personal de las Fuer-  agosto de 2010.
                  zas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y
                  los pensionistas a cargo del Estado comprendi-  c) Dos (2) Asignaciones Extraordinarias por Tra-
                  dos en los regímenes de la Ley N.° 15117, Decre-  bajo Asistencial (AETA) o productividad adicio-
                  tos Ley N.° 19846 y N.° 20530, Decreto Supre-  nales a favor del personal médico cirujano, que
                  mo N.° 051-88-PCM —publicado el 12 de abril   incluye a los médicos residentes, profesionales de
                  de 1988— y la Ley N.° 28091, en el marco del   la salud no médicos, técnico asistencial y auxiliar
                  numeral 2 de la quinta disposición transitoria   asistencial, de los gobiernos regionales, cuyo otor-
                  de la Ley N.° 28411, Ley General del Sistema   gamiento está comprendido dentro de los mon-
                  Nacional de Presupuesto, percibirán en el Año   tos y las disposiciones que establecen los Decre-
                  Fiscal 2010 los siguientes conceptos:       tos de Urgencia N.° 032 y N.° 046-2002 y la Ley
                                                              N.° 28700, según corresponda.
                  a) Los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navi-
                  dad, que se incluyen en la planilla de pagos co-  8.2 Autorízase al Ministerio de Economía y Fi-
                  rrespondiente a los meses de julio y diciembre,   nanzas para que, en coordinación con el Ministe-
                  respectivamente, cuyos montos ascienden, cada   rio de Defensa, apruebe, mediante decreto supre-
                  uno, hasta la suma de TRESCIENTOS Y 00/100   mo, la asignación económica mensual a favor del
                  NUEVOS SOLES (S/. 300,00).                  estamento de Tropas Especialistas en el Ejérci-
                                                              to del Perú. Dicho decreto supremo establecerá,
                  b) La bonificación por escolaridad, que se inclu-  adicionalmente, los mecanismos de otorgamien-
                  ye en la planilla de pagos correspondiente al mes   to, condiciones y monto.


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                   Diario de los Debates - 15.   B sesión (matinaL) 27-11-2009
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